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Plazos para declaración y pago del impuesto de renta personas naturales 2024


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Actualizado: 9 enero, 2024 (hace 10 meses)

Aquí hablaremos sobre...

  • Plazos para el impuesto de renta personas naturales 2024
  • Personas naturales residentes en el exterior
  • Personas naturales grandes contribuyentes
  • Formularios para presentar la declaración de renta personas naturales 2024
  • Acerca de la declaración de renta personas naturales y sucesiones ilíquidas

Mediante el Decreto 2229 de 2023, el Ministerio de Hacienda estableció el nuevo calendario tributario, el cual contiene los plazos para presentar la declaración del impuesto de renta personas naturales 2024 para el AG 2023.

Te contamos las fechas para cumplir con dicha obligación durante el año 2024.

Plazos para el impuesto de renta personas naturales 2024

Los contribuyentes obligados a declarar deberán presentar la declaración de renta a más tardar entre el 12 de agosto al 24 de octubre de 2024, con la obligación de realizar el pago en una sola cuota. Para tal fin se tienen en cuenta los últimos dígitos del NIT, omitiendo el dígito de verificación, así:

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

01 al 02

12 de agosto

51 al 52

18 de septiembre

03 al 04

13 de agosto

53 al 54

19 de septiembre

05 al 06

14 de agosto

55 al 56

20 de septiembre

07 al 08

15 de agosto

57 al 58

23 de septiembre

09 al 10

16 de agosto

59 al 60

24 de septiembre

11 al 12

20 de agosto

61 al 62

25 de septiembre

13 al 14

21 de agosto

63 al 64

26 de septiembre

15 al 16

22 de agosto

65 al 66

27 de septiembre

17 al 18

23 de agosto

67 al 68

1 de octubre

19 al 20

26 de agosto

69 al 70

2 de octubre

21 al 22

27 de agosto

71 al 72

3 de octubre

23 al 24

28 de agosto

73 al 74

4 de octubre

25 al 26

29 de agosto

75 al 76

7 de octubre

27 al 28

2 de septiembre

77 al 78

8 de octubre

29 al 30

3 de septiembre

79 al 80

9 de octubre

31 al 32

4 de septiembre

81 al 82

10 de octubre

33 al 24

5 de septiembre

83 al 84

11 de octubre

35 al 36

6 de septiembre

85 al 86

15 de octubre

37 al 38

9 de septiembre

87 al 88

16 de octubre

39 al 40

10 de septiembre

89 al 90

17 de octubre

41 al 42

11 de septiembre

91 al 92

18 de octubre

43 al 44

12 de septiembre

93 al 94

21 de octubre

45 al 46

13 de septiembre

95 al 96

22 de octubre

47 al 48

16 de septiembre

97 al 98

23 de octubre

49 al 50

17 de septiembre

99 al 00

24 de octubre

*Aplican los mismos plazos para la declaración de activos en el exterior. Además, las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios dentro de los plazos antes señalados.

Nota: se debe tener en cuenta que la declaración de activos en el exterior solo la presentan las personas jurídicas o naturales del régimen ordinario o especial, sin importar si están o no obligadas a presentar declaración de renta, si sus activos en el exterior a enero 1 de 2024 superan un total de 2.000 UVT ($94.130.000).

Personas naturales residentes en el exterior

Según los plazos antes mencionados, las personas naturales residentes en el exterior deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario en el formulario 110, y pagar el respectivo impuesto y su anticipo de forma electrónica, o en los bancos y demás entidades del territorio colombiano autorizadas.

Personas naturales grandes contribuyentes

Estas personas naturales grandes contribuyentes deberán presentar su declaración de renta en los mismos plazos en que lo hacen los demás contribuyentes de tal categoría, siguiendo las fechas indicadas en el artículo 1.6.1.13.2.11 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de 2023, que indica que la presentación de la declaración vence en el mismo abril y que los pagos se deben realizar en tres cuotas en los meses de febrero, abril y junio, así:

Pago de la primera cuota

Último dígito del NIT

Hasta el día

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

9 de febrero

6

16 de febrero

2

12 de febrero

7

19 de febrero

3

13 de febrero

8

20 de febrero

4

14 de febrero

9

21 de febrero

5

15 de febrero

0

22 de febrero

El valor de esta primera cuota no podrá ser inferior al 20 % del saldo a pagar en la declaración de renta del año gravable anterior. Una vez liquidados el impuesto y el anticipo del impuesto sobre la renta en la respectiva declaración, del valor a pagar se restará lo pagado en la primera cuota y el saldo se cancelará en dos cuotas iguales.

Si la declaración arroja un saldo a pagar inferior a 41 UVT ($1.930.000 en 2024), la fecha de pago vencerá el mismo día del plazo señalado para presentar la respectiva declaración, y deberá cancelarse en una sola cuota (artículo 1.6.1.13.2.47 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023).

Declaración y pago de la segunda cuota

Último dígito del NIT

Hasta el día

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

9 de abril

6

16 de abril

2

10 de abril

7

17 de abril

3

11 de abril

8

18 de abril

4

12 de abril

9

19 de abril

5

15 de abril

0

22 de abril

Pago de la tercera cuota

Último dígito del NIT

Hasta el día

Último dígito del NIT

Hasta el día

1

13 de junio

6

20 de junio

2

14 de junio

7

21 de junio

3

17 de junio

8

24 de junio

4

18 de junio

9

25 de junio

5

19 de junio

0

26 de junio

Formularios para presentar la declaración de renta personas naturales 2024

Para la presentación de la declaración de renta de personas naturales es importante identificar principalmente el tipo de persona natural del que se trate: si es residente o no residente fiscal y si está o no obligada a llevar contabilidad. De eso dependerá, entre otros puntos, el formulario en que dicha persona natural debe presentar su declaración:

Tipo de persona natural

Obligado a llevar contabilidad

No obligado a llevar contabilidad

Residente

Formulario 210 y formato 2517

Formulario 210

No residente

Formulario 110 y formato 2516

Formulario 110

Para consultar las versiones del año gravable 2023 de dichos formularios, debes estar atento a nuestra página Formularios e instructivos Dian.

Acerca de la declaración de renta personas naturales y sucesiones ilíquidas

Si quieres conocer todos los aspectos relacionados con esta obligación, recorre la Ruta de declaración de renta personas naturales en 11 pasos.

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