Todas las empresas, indistintamente de su naturaleza jurídica o tamaño, tienen la obligación de realizar el pago de la prima de servicios que equivale a un mes de salario, pues así lo establece el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
Este derecho se configura cuando se vincula una persona bajo la modalidad de un contrato de trabajo, por lo que quedan excluidas del pago de la prima de servicios quienes tienen un contrato de prestación de servicios, ya que este es de naturaleza civil.
Los plazos para cumplir de manera oportuna con el pago de esta prestación social son estos:
Ahora bien, como se acerca el plazo para realizar el pago de la primera cuota de la prima de servicios, dejamos a tu disposición contenidos y herramientas clave para que realices la liquidación y el pago, de manera sencilla y conforme a las normas vigentes (fórmulas, plazos, recomendaciones, normatividad relacionada, sanciones, preguntas frecuentes y mucho más).
A continuación, listamos el top de publicaciones que te facilitarán esta labor.
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