Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL2741
Noviembre 15 de 2023
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que los empleadores contratantes son solidariamente responsables por el pago de las acreencias laborales de los empleados de los contratistas, siempre que las actividades desarrolladas por ambos sean afines, conexas o similares, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa.