La DIAN puede establecer tributos e imponer sanciones a los contribuyentes, siempre que fundamente su actuar en hechos que estén registrados en los expedientes. Para profundizar sobre las pruebas y sus medios puede consultar nuestro editorial Medios de prueba en el régimen probatorio tributario.
De existir alguna duda ante un vacío probatorio y de no poderse eliminar debe resolverse a favor del contribuyente, excepto cuando el este se encuentre obligado a probar determinado hecho. Al respecto, los artículos 786 a 791 del ET estipulan las circunstancias que deben ser probadas por el contribuyente; estas son: