Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El ‘tira y afloje’ de la Defensoría del Contribuyente de la Dian


El ‘tira y afloje’ de la Defensoría del Contribuyente de la Dian

Requerir información a los comerciantes que no están autorizados a pedir, así como cometer abuso de autoridad a la hora de realizar los procedimientos, son las denuncias más comunes que formulan los comerciantes en contra de la Dian.

La Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero fue creada en ejercicio de las facultades expuestas en el Artículo 79 de la Ley 488 del 24 de Diciembre de 1998 y sus funciones se estructuraron en el Artículo 31 del Decreto 1071 de junio 26 de 1999. Este es un órgano especial cuyo propósito es garantizar que la misma entidad, en sus actividades cumpla con lo establecido en las leyes tributarias, aduaneras y cambiarias, cerciorándose que la Administración no imponga a los usuarios del sistema, cargas que no establece la Ley, y procurando que éstos reciban un tratamiento justo y equitativo, además de amable y respetuoso.

A la hora de hacer defender sus derechos, el usuario debe dirigirse a la Defensoría del Contribuyente y del Usuario Aduanero y sus Defensorías Delegadas para transmitir sus inconformidades, reclamaciones y sugerencias. «El primer paso es la Reclamación, donde se pone en conocimiento nuestro, la trasgresión o vulneración de alguno de sus derechos por parte de la Dian. Viene la etapa de la Inconformidad, cuando usted nos comunica deficiencias en la prestación del servicio de la DIAN, y como consecuencia, sus derechos se ven amenazados. Finalmente, llega la Sugerencia que es cuando usted formula una propuesta que contribuya a garantizar el respeto por sus derechos y propenda por el mejoramiento del desempeño de la función fiscal». Así lo asegura Fernando Alfonso Cruz Montoya, Defensor del Contribuyente y Delegado Defensoría Regional Suroccidente.

La Defensoría del Contribuyente es una herramienta que usan mucho los colombianos en este punto. «Los contribuyentes acuden a presentar reclamaciones, inconformidades o sugerencias en el área tributaria, con respecto al RUT, programas de fiscalización, sanciones practicadas a los contribuyentes, valoración de costos o deducciones, facturación, prestación del servicio, procedimiento tributario, violación al debido proceso, sobre los proceso de devoluciones, demoras en lo términos establecidos por ley, acceso a los acuerdos de pago, discusión sobre liquidaciones oficiales, sobre cobranzas, cambio de regimen simplificado al común sin el lleno de requisitos», dice Cruz Montoya.

De igual manera, con respecto al área aduanera reciben casos con relación a la aprehensión y decomiso de mercancías, violación al debido proceso aduanero, aplicación del régimen (importaciones, exportaciones y tránsito aduanero) y valoración aduanera entre otros.

A la hora de pasar e números concretos en la Defensoría Delegada Regional Suroccidente se atienden 10 casos formalizados al mes, más de 10 de atenciones personalizadas y diversas llamadas telefónicas de atención y de direccionamiento a la Dian de la Regional Suroccidente (Valle, Cauca, Nariño y Putumayo) de las Defensorías o Entidades competentes.

Por miedo, los comerciantes no utilizan la Defensoría del Contribuyente

La Defensoría del Contribuyente ha resuelto hasta el momento 1.570 reclamaciones, siendo las relacionadas con el tema tributario el 69% de las diligencias, las aduaneras el 25% y las cambiarias el 6%. Ahora, pasando al lado de los contribuyentes, El 75% de las denuncias recibidas por la Defensoría por parte de los comerciantes son de reclamaciones, mientras que el 24% por ciento alegan inconformidad en los procesos efectuados por la DIAN.

Requerir información a los comerciantes que no están autorizados a pedir, así como cometer abuso de autoridad a la hora de realizar los procedimientos, son las denuncias más comunes que formulan los comerciantes en contra de la Dian.

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Una persona que labora en Fenalco, Valle del Cauca, y que no quizo revelar su nombre asegura que muchos de los derechos de los comerciantes son violados por la misma Dian. «Funcionarios de la Dian llegan a realizar controles y empiezan a pedir información que no deberían. Hay comerciantes que han pagado sanciones entre 20 y 150 millones de pesos, ya que por la misma presión de la Dian han hecho doble facturación», dice. La consecuencia, los comerciantes no utilizan la figura de la Defensoría del Contribuyente por miedo a que la misma Dian tome medidas en su contra.

Derechos del Contribuyente y del Usuario Aduanero

1. Derecho a ser atendido de manera respetuosa y ágil por los servidores de la contribución.

2. Derecho a que sus solicitudes, trámites y peticiones sean resueltas por los servidores de la contribución, a la luz de los principios de economía, justicia, equidad, celeridad, eficacia, imparcialidad, publicidad, contradicción y transparencia.

3. Derecho al carácter reservado de la información, salvo en los casos previstos por la ley.

4. Derecho a representarse a sí mismo o a ser representado a través de apoderado especial o general.

5. Derecho a que se observe el debido proceso en todas las actuaciones de la DIAN.

6. Derecho a recibir orientación efectiva e información actualizada sobre los procedimientos y cambios en la normatividad de la DIAN.

7. Derecho a obtener en cualquier momento, información confiable y clara sobre el estado de su situación tributaria, aduanera y cambiaria por parte de la DIAN.

8. Derecho a obtener respuesta escrita clara, oportuna y eficaz a las consultas técnico-jurídicas formuladas por el contribuyente y usuario aduanero y cambiario.

9. Derecho a que la DIAN facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

10. Derecho a recibir todos los beneficios consagrados por la ley.

Tenga en cuenta, el Defensor del Contribuyente tiene las siguientes funciones

1. Formular recomendaciones al Director General de la DIAN para asegurar una adecuada, justa y oportuna prestación del servicio fiscal.

2. Realizar seguimiento, a solicitud de los contribuyentes y usuarios aduaneros, a los procesos de fiscalización, a fin de asegurar el cumplimiento del debido proceso.

3. Participar, si lo considera conveniente, como veedor en las reuniones donde se promuevan correcciones de declaraciones por parte de los contribuyentes y usuarios, y velar por que una vez producida la respectiva corrección, las mismas sean respetadas por los funcionarios de la DIAN.

4. Velar por que las actuaciones de las diferentes dependencias de la DIAN se cumplan dentro del marco de los principios constitucionales de equidad y transparencia que rigen el ejercicio de la función pública.

5. Participar en las reuniones de la Comisión Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera, y presentar a la misma un informe trimestral sobre el desarrollo de sus actividades.

6. Canalizar las inquietudes que tengan los contribuyentes y usuarios sobre deficiencias de la adecuada prestación del servicio por parte de la DIAN, realizar las verificaciones que sean del caso, formular las recomendaciones para superarlas y poner en conocimiento de las autoridades y dependencias pertinentes sus conclusiones, con el fin de que se apliquen los correctivos y/o sanciones que resulten procedentes.

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