Contrato de obra o labor: ¿es obligatorio el ajuste salarial anual?


Contrato de obra o labor: ¿es obligatorio el ajuste salarial anual?
Actualizado: 1 mayo, 2023 (hace 12 meses)

El contrato de obra o labor es aquel que puede celebrarse por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada. Si coincide con el incremento anual del salario mínimo, ¿es obligatorio efectuar el ajuste salarial?

Descubre la respuesta y más detalles sobre el tema a continuación.

La duración del contrato de obra o labor no depende, en estricto sentido, de la determinación de las partes, sino del tiempo necesario para la realización de una obra o labor específica frente a la cual se pacta una remuneración. Por tal razón, la duración de este tipo de contrato está sujeta al cumplimiento de una condición.

Se ha creído que, por el hecho de que la duración del contrato se encuentre sujeta al cumplimiento de la labor determinada, este tipo de contrato no sea un contrato de trabajo, sino un contrato de prestación de servicios u otro de distinta naturaleza.

En seguida veremos qué es un contrato de obra o labor, su naturaleza, y si en este tipo de contratos, en los que se pacta una remuneración equivalente a un salario mínimo, el incremento anual del salario afecta su ajuste.

¿Qué es el contrato de obra o labor?

El contrato de obra o labor es una tipología del contrato de trabajo (artículo 45 del CST). Este contrato de trabajo es aquel que puede celebrarse por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada y está regulado por las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo.

Estos contratos laborales son idóneos para efectuar la contratación de trabajadores que cubran reemplazos (por incapacidades o licencias); trabajadores que se necesitan para desempeñar un proyecto determinado; para el apoyo en una actividad accidental de alta demanda, meramente transitoria; o para un período detallado de fabricación, construcción o elaboración de una obra específica.

En este tipo de contratos es fundamental pactar y especificar, preferiblemente por escrito, de forma clara e inequívoca la obra o labor que el trabajador va a realizar, toda vez que de ello dependerá la duración y posterior terminación del contrato.

¿Es obligatorio el ajuste salarial anual en los contratos de obra o labor?

Si la remuneración pactada en un contrato de obra o labor es equivalente a 1 smmlv ($1.160.000 por el 2023), y la duración de la labor contratada coincide con el incremento anual del salario mínimo, es obligatorio efectuar el ajuste salarial correspondiente.

TAMBIÉN LEE:   Negociación del salario mínimo para 2024 comenzará el 28 de noviembre

Así, por ejemplo, si un trabajador suscribió un contrato de obra o labor el 1 de diciembre de 2022 por $1.000.000 mensuales (1 smmlv por el 2022) y el 1 de enero de 2023 el contrato no ha terminado porque no se ha cumplido la condición, el empleador tiene la obligación de efectuar el ajuste correspondiente, y a partir de ese día se entiende que la remuneración mensual pactada, si no cambian las condiciones, será de $ 1.160.000.

Es importante recordar que, por disposición constitucional y legal, el ajuste o incremento del salario mínimo es de carácter obligatorio, se efectúa reconociendo la pérdida de la capacidad adquisitiva del dinero y se actualiza año a año.

En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas, especialista en Derecho Laboral, explica si el ajuste salarial anual es obligatorio en los contratos de obra o labor:

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,