Algunas entidades ya no tendrán que practicarse la autorretención en renta del 0,8 %, pues a partir de abril 11 de 2018 su tarifa será del 0,4 %. En materia de IVA y reteiva, se contempla un nuevo tratamiento para la venta de desechos plásticos a fábricas de sustancias y productos químicos básicos.
Con el Decreto 640 del 11 de abril de 2018 el Ministerio de Hacienda realizó tres ajustes al DUT 1625 de 2016.
Desde el 11 de abril de 2018, las personas jurídicas nacionales dedicadas a la actividad editorial o a la explotación de hoteles construidos o ampliados entre 2003 y 2017, las cuales desde enero 1 de 2017 tributan en el impuesto de renta con la tarifa del 9 %, no podrán seguirse practicado la autorretención de renta del Decreto 2201 de 2016 con las tarifas del 0,8 %, sino del 0,4 %.
Esto también se estableció para las empresas industriales del Estado y sociedades de economía mixta cuando ejerzan los monopolios de suerte y azar, disposición que busca evitar que se formen saldos a favor en las declaraciones de renta de dichos contribuyentes.
Para quienes realizan inversiones de capital de portafolio, la sociedad administradora tendrá que informarle a la sociedad nacional que distribuya los dividendos, si los inversionistas del portafolio son personas naturales residentes, sociedades del exterior y/o personas naturales no residentes o si son sociedades nacionales.
Al respecto, no queda claro si la retención que se practicará por dividendos a los inversionistas de capital del exterior sería del 25 %, mencionada en el numeral 3 del artículo 18-1 del ET, o se les practican las retenciones del 33 % o del 35 % + 5 %, mencionadas en el artículo 1.2.4.7.2 del DUT 1625 de 2016 luego de ser modificado con el artículo 11 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017.
El tratamiento especial del IVA y su retención, contemplada en el artículo 437-4 del ET, también empezarán a ser aplicados desde el 11 de abril de 2018 a la venta de residuos plásticos para reciclar.
A partir de dicha fecha, estas ventas solo generarán IVA con tarifa del 19 %, cuando sean realizadas a las empresas que fabrican sustancias y productos químicos básicos, las cuales practicarán la retención del IVA a la tarifa del 100 %. Cuando las fábricas decidan revender estos desechos a otra o a un tercero, la venta volverá a estar gravada con la tarifa del 19 %, pero el comprador practicaría la retención de IVA con la tarifa general del 15 %.