¿El contrato de aprendizaje se suspende durante las vacaciones colectivas?


¿El contrato de aprendizaje se suspende durante las vacaciones colectivas?
Actualizado: 19 julio, 2023 (hace 9 meses)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es el contrato de aprendizaje?
  • ¿Qué son las vacaciones colectivas?
  • ¿Se suspende el contrato de aprendizaje durante las vacaciones colectivas?

El contrato de aprendizaje es una forma especial de vinculación que puede tener una duración máxima de 2 años y comprende una etapa lectiva y una etapa productiva. Sin embargo, ante el otorgamiento de las vacaciones colectivas, ¿este contrato se suspende?

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De acuerdo con la ley laboral, el empleador tiene la potestad para ordenar el disfrute de las vacaciones; por tanto, le corresponde definir si las concede de forma individual y colectiva. Sin embargo, ¿qué sucede cuando el empleador concede vacaciones colectivas a todo el personal, incluidos los aprendices vinculados mediante contratos de aprendizaje? ¿Se suspenden dichos contratos?

A continuación, explicaremos qué es el contrato de aprendizaje, qué son las vacaciones colectivas y qué ocurre con dicho contrato cuando se conceden este tipo de vacaciones.

¿Qué es el contrato de aprendizaje?

El contrato de aprendizaje es una relación especial laboral, a través de la cual una persona natural desarrolla una formación teórico-práctica en una entidad autorizada. A cambio, una empresa patrocinadora proporciona los medios necesarios para adquirir la formación profesional requerida, lo cual le implica desempeñarse en la empresa, por lo que el aprendiz recibe un apoyo de sostenimiento mensual (artículo 30 de la Ley 789 de 2002).

El contrato de aprendizaje siempre debe constar por escrito, no puede tener una duración superior a dos (2) años y abarca tanto la etapa lectiva como la etapa práctica. El apoyo de sostenimiento mensual concedido en ningún caso se considera salario.

¿Qué son las vacaciones colectivas?

Las vacaciones colectivas son aquellas concedidas por el empleador a todos o algunos de sus trabajadores en una época determinada del año, sin importar si algunos de ellos aún no han completado el año de labores.

De acuerdo con esta definición, son vacaciones colectivas las que el empleador concede, por ejemplo, a todo el personal de la empresa en épocas de fin de año, o las que dispone, por ejemplo, solamente para el personal asignado a un área de la empresa en un momento donde las operaciones disminuyen considerablemente.

¿Se suspende el contrato de aprendizaje durante las vacaciones colectivas?

El Acuerdo 0015 de 2003 del Servicio Nacional de Aprendizaje –Sena–, dispone que el contrato de aprendizaje se suspende, entre otras causales, por las vacaciones concedidas por el empleador, siempre y cuando el aprendiz se encuentre desarrollando su etapa práctica.

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Así, por ejemplo, supongamos el caso de una aprendiz vinculada a una empresa mediante un contrato de aprendizaje. Ella se encuentra en la etapa práctica, trabajando en la empresa. El empleador decide conceder vacaciones colectivas a todos los empleados durante el mes de agosto. Dadas estas circunstancias, su contrato se suspenderá durante el período de vacaciones colectivas, no asistirá a la empresa y tampoco recibirá el apoyo de sostenimiento. Sin embargo, una vez finalizadas las vacaciones, se reanudará su contrato y continuará su formación en la empresa como aprendiz.

Es relevante señalar que la suspensión del contrato de aprendizaje no exime al empleador de seguir pagando los respectivos aportes a salud del aprendiz.

En el siguiente video, la Dra. Angie Vargas, experta consultora en derecho laboral, explica si el contrato de aprendizaje se suspende ante el otorgamiento de las vacaciones colectivas:

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