Actualícese.com
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Saldos a favor en declaraciones tributarias: devoluciones, compensaciones y sanciones por improcedencia


saldos a favor
Actualizado: 7 septiembre, 2023 (hace 1 año)

Aquí hablaremos sobre...

  • Conceptos fundamentales en torno a los saldos a favor
  • Sanciones por improcedencia: conoce todo al respecto en este Especial
  • ¿Qué más te ofrece esta publicación?

Los saldos a favor acumulados en las declaraciones tributarias de los contribuyentes pueden solicitarse ante la Dian mediante devolución y/o compensación.

Encuentra aquí los detalles relacionados con estos procedimientos, la documentación requerida y todo lo necesario para llevarlos a buen término.

saldos a favor

Descarga este informe especial para escalar tu conocimiento sobre este importante tema.

Para una mayor visualización de las temáticas que aborda este Especial Actualícese, te invitamos a detallar la siguiente tabla de contenido:  

Tabla de contenido 

Generalidades de los saldos a favor

Solicitud de saldos a favor en declaraciones de renta AG 2022 con beneficio de auditoría

Personas naturales no obligadas a declarar renta del AG 2022: ¿qué sucede con el saldo a favor del AG 2021?

Devoluciones y compensaciones automáticas

  • Costos y gastos soportados en factura electrónica y solicitud de devolución automática de saldos a favor
  • Devolución automática de saldo a favor en declaración anual del régimen simple

Sanción por improcedencia de las devoluciones y/o compensaciones

Selección de recursos Actualícese para ti  

Dentro de los trámites tributarios que pueden adelantar los contribuyentes y responsables ante la Dian se encuentran la devolución y la compensación de saldos a favor acumulados en declaraciones tributarias como la de renta e IVA.

En el Especial Actualícese Saldos a favor en declaraciones tributarias: devoluciones, compensaciones y sanciones por improcedencia abordaremos todos los detalles relacionados con el proceso de devolución y/o compensación de saldos a favor, el origen de estos, los plazos para solicitarlos ante la Dian y, además, las sanciones en las que se puede incurrir en caso de improcedencia en dicha devolución y/o compensación.

Iniciaremos aclarando los conceptos fundamentales que debes tener presentes sobre este importante tema. Veamos:

Conceptos fundamentales en torno a los saldos a favor

Los saldos a favor son excedentes en las declaraciones de renta e IVA a favor de los contribuyentes o responsables, los cuales pueden ser recuperados a través de la solicitud de devolución o compensación.

Dicho esto, ¿tienes claro qué es devolución y compensación?

La devolución es la manera como la Dian reintegra al contribuyente los saldos a favor, pagos en exceso o pagos de lo no debido, determinados en una liquidación privada de las declaraciones tributarias y/o aduaneras, o en una actuación oficial, siguiendo los procedimientos y requisitos previstos en la ley para tal fin.

De otra parte, la compensación es la acción por medio de la cual el contribuyente, responsable o usuario aduanero cancela sus obligaciones actuales por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones a través de la utilización de un saldo a favor determinado en una liquidación privada de sus declaraciones tributarias o en una actuación oficial, siguiendo para ello los procedimientos contemplados en la ley.

TAMBIÉN LEE:   Las rentas exentas en la declaración de renta de personas jurídicas del régimen ordinario para 2024

Una vez aclarados estos conceptos, abordaremos los aspectos por tener en cuenta para la imputación de saldos a favor en las declaraciones tributarias, quiénes pueden solicitar la devolución y/o compensación de saldos a favor, el término para hacer dicha solicitud, las condiciones y término para la devolución, la documentación requerida y los formatos para llevarla a cabo.

Sumado a lo anterior, hablaremos sobre las sanciones por improcedencia de las devoluciones y/o compensaciones en las declaraciones tributarias.

Sanciones por improcedencia: conoce todo al respecto en este Especial 

La devolución y/o compensación de valores improcedentes será sancionada con una multa equivalente a:

  • El 10 % del valor devuelto o compensado en exceso, cuando el saldo a favor sea corregido por el contribuyente o responsable; en cuyo caso este deberá liquidar y pagar la respectiva sanción.
  • El 20 % del valor devuelto o compensado en exceso, cuando la Dian rechace o modifique el saldo a favor.

Accede a nuestro Especial Actualícese Saldos a favor en declaraciones tributarias: devoluciones, compensaciones y sanciones por improcedencia para profundizar en este tema y evitar incurrir en sanciones.

¿Qué más te ofrece esta publicación? 

En esta nueva entrega de Especiales Actualícese te compartiremos un listado de 11 respuestas sobre preguntas frecuentes en torno al tema de los saldos a favor en las declaraciones tributarias, resueltas por nuestros destacados conferencistas.

Adicional a ello, pondremos a tu disposición un simulador del límite de costos y gastos no soportados en factura electrónica; sin duda, una herramienta muy útil en tu labor contable.

¡Entérate de esto y más en nuestro Especial Actualícese Saldos a favor en declaraciones tributarias: devoluciones, compensaciones y sanciones por improcedencia!

Descarga este informe especial para escalar tu conocimiento sobre este importante tema. 

Todos los Especiales Actualícese son beneficios exclusivos para suscriptores. Recuerda iniciar sesión para descargar el documento digital.  

Si no eres suscriptor, te invitamos a adquirir alguna de nuestras suscripciones haciendo clic aquí.  

  

Para acceder a la versión completa debes tener una Suscripción.

Suscríbete

Catálogo completo de revistas
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,