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Reducción de la jornada laboral: así se aplicará en Colombia para el 2025


Actualizado: 26 diciembre, 2024 (hace 23 horas)

Aquí hablaremos sobre...

  • Jornada laboral máxima en 2025
  • Reducción de la jornada laboral vs. jornadas familiares y deportivas
  • Valor de la hora ordinaria laboral
  • Valor mínimo de la hora ordinaria 2025

La Ley 2101 de 2021 redujo la jornada laboral máxima de 48 a 42 horas semanales. Su implementación podrá realizarse de manera automática o gradual. La disminución gradual inició el 15 de julio de 2023 y concluirá el 15 de julio de 2026. Te contamos cómo queda la jornada laboral para el año 2025.

La jornada máxima legal es el tope máximo que pueden fijar las partes de la relación laboral como jornada ordinaria de trabajo. El artículo 161 del CST, modificado por el artículo 2 de la Ley 2101 de 2021, señala que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas semanales.

En efecto, con la Ley 2101 de 2021 se redujo la jornada laboral de 48 a 42 horas semanales. Dicha disminución no afecta la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo.

El empleador podrá acogerse a la jornada laboral de 42 horas semanales en cualquier momento. En todo caso, si no se acoge a la implementación automática, deberá ajustarse a la implementación gradual de la jornada en los siguientes términos:

Fecha

Disminución

Jornada máxima semanal

15 de julio de 2023

1 hora

47

15 de julio de 2024

1 hora

46

15 de julio de 2025

2 horas

44

15 de julio de 2026

2 horas

42

Jornada laboral máxima en 2025

Según la implementación gradual, la tercera de las cuatro reducciones de la jornada laboral ocurrirá en 2025. A partir del 15 de julio la jornada laboral máxima se reducirá en 2 horas, pasando de 46 a 44 horas semanales de la siguiente manera:

Período 2025

Jornada laboral máxima semanal

Del 1 enero al 14 de julio

46

Del 15 de julio al 31 de diciembre

44

La jornada laboral máxima de 44 horas semanales se mantendrá desde el 15 de julio de 2025 hasta el 14 de julio de 2026. Durante este período cualquier tiempo laborado que exceda este límite se considerará como trabajo suplementario u horas extra.

Reducción de la jornada laboral vs. jornadas familiares y deportivas

Cuando se implemente la jornada laboral de 42 horas semanales, el empleador queda exonerado de otorgar la jornada semestral familiar y las dos horas semanales para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. En caso de implementación gradual, estas últimas dos horas se ajustarán proporcionalmente mediante acuerdo entre las partes (Ley 2101 de 2021, artículo 6).

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Valor de la hora ordinaria laboral

La reducción de la jornada laboral no implica una disminución salarial para los trabajadores ni del valor de la hora ordinaria de trabajo. Aunque no se permite la reducción del valor de la hora, la norma no prohíbe su aumento. En consecuencia, la medida resulta en un aumento efectivo del valor de la hora ordinaria de trabajo.

El Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 16177 del 8 de agosto de 2023, estableció la metodología en cuanto al cálculo del valor de la hora ordinaria de trabajo para liquidar las horas extra y recargos, y dispuso que se deben aplicar las siguientes fórmulas en su orden:

Horas diarias laborales = horas máximas semanales / 6 (días laborales a la semana)

Horas trabajadas al mes = horas diarias laborales × 30 días calendario

Valor de la hora ordinaria laboral = salario mensual del trabajador / horas trabajadas al mes

Horas trabajadas al mes según la disminución de la jornada laboral

Fecha

Horas máximas semanales

Horas trabajadas al mes

15 de julio de 2023

47

235

15 de julio de 2024

46

230

15 de julio de 2025

44

220

15 de julio de 2026

42

210

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Valor mínimo de la hora ordinaria 2025

Según lo anterior, y teniendo en cuenta la jornada laboral máxima y el salario mínimo, el valor mínimo de la hora ordinaria por el 2025 será el siguiente:

Fechas 2025

Salario mínimo

Horas trabajadas al mes

Valor hora ordinaria

Del 1 de enero al 14 de julio

$1.423.500

230

$6.189

Del 15 de julio al 31 de diciembre

$1.423.500

220

$6.470

jornada laboral

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