Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de pagar sanción cuando se corrige el pago de seguridad social de manera voluntaria


Actualizado: 29 octubre, 2018 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un aportante corrige los pagos a seguridad social de manera voluntaria, ¿de igual forma debe pagar algún tipo de sanción?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que la Unidad de Gestión de Pensión y Parafiscales se encuentra facultada para imponer sanciones cuando los pagos a seguridad social no se han efectuado o se han realizado de manera incorrecta, según las instrucciones dadas en el artículo 314 de la Ley 1819 de 2016.

Del mismo modo, se precisa que, cuando no se realizan los aportes a seguridad social de manera oportuna, se debe pagar las respectivas moras. Adicionalmente, otro aspecto que conviene tener en cuenta es que la seguridad social de los trabajadores independientes vinculados a una entidad mediante contrato de prestación de servicios puede hacerse mes vencido, según lo indicado en el Decreto 1273 de 2018.

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