Personas naturales obligadas a reportar información exógena AG 2022


Personas naturales obligadas a reportar información exógena AG 2022
Actualizado: 28 abril, 2023 (hace 11 meses)

La Resolución 000124 del 28 de octubre de 2021 contempla los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2022.

No te pierdas, a continuación, los detalles sobre el reporte de información exógena de dicho año gravable.

La Resolución 000124 del 28 de octubre de 2021 menciona los obligados a reportar información exógena por el año gravable 2022. En su literal «d” del artículo 1 se establece que las personas naturales del régimen ordinario y sus asimiladas que durante el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos superiores a 500.000.000, cuya suma de sus ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 supere los 100.000.000, estarán obligadas a presentar el reporte de información exógena del año gravable 2022.

Hay que tener en cuenta que la Resolución 000052 de marzo 30 de 2023 modificó de forma parcial la Resolución 000124 del 28 de octubre de 2021 respecto a la solicitud de información exógena por el año gravable 2022, al introducir algunos cambios en la forma de reportar la información. Tal es el caso del valor de las acciones, aportes o derechos sociales que deben corresponder al valor nominal del total de la inversión, aporte o derecho social que posee el inversionista al 31 de diciembre, además de otras modificaciones.

Ahora bien, de acuerdo con lo expresado por el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, los contribuyentes personas naturales del régimen simple, a diferencia de las personas naturales del régimen ordinario, deberán cumplir con una sola condición para quedar obligadas a reportar información exógena por el año gravable 2022: que durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 hayan obtenido ingresos brutos y superiores a 500.000.000 sin considerar el tipo de ingreso.

De igual forma, en atención al literal “f” estarán obligadas a reportar información exógena las personas naturales que hayan estado obligadas a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto de renta, impuesto sobre las ventas IVA y timbre durante el año gravable 2022.

Para confirmar otros requisitos que harán que las personas naturales tengan la obligación de reportar información exógena no olvides consultar los literales “h”, “j”, “n”, y “o” de la Resolución 000124 de 2021 y nuestro análisis destacado Información exógena: novedades normativas, guías y mucho más.

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