Consejo de Estado
Sentencia 05001233100020130021201 (20791)
Mayo 04 de 2017
El impuesto de avisos y tableros tiene como hecho generador la colocación de avisos, tableros o vallas en la vía pública; por ser complementario del impuesto de industria y comercio, su recaudo y liquidación se hace con dicho tributo, pues el sujeto pasivo es el responsable de este último impuesto.