Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 1073
Diciembre 13 de 2017
El CTCP precisa que suscribir un contrato de colaboración entre un contador público y una persona jurídica con el objeto de realizar encargos de auditoría, revisión, servicios relacionados, y otros trabajos de aseguramiento (servicios contables), solo sería posible si la persona jurídica quién factura al cliente y presta apoyo en materia fiscal, tiene un registro ante la Junta Central de Contadores, ya sea como sociedad de contadores públicos o persona jurídica prestadora de servicios contables.