El pasado 27 de diciembre, el Ministerio del Interior expidió el Decreto 2717, donde se definen los requisitos para obtener la personería jurídica y la autorización de funcionamiento de la ventanilla única de las sociedades de gestión colectiva, mediante la cual los propietarios o responsables de establecimientos abiertos al público en los que se almacenen y ejecuten obras musicales, fonogramas y videos musicales podrán obtener las licencias y realizar el pago integrado de los derechos de autor y conexos.
Entre los requisitos que se deben cumplir, está el acta del consejo directivo o de la asamblea general de cada sociedad de gestión colectiva o titulares de derecho de autor o de derechos conexos que constituyen la ventanilla o la entidad recaudadora, donde conste su voluntad inequívoca de autorizar su conformación y pertenecer a esta, y copia de los reglamentos de contabilidad, tesorería, cartera, recaudo y distribución.
Quienes realicen gestión individual de estos derechos también podrán hacer parte de la ventanilla única recaudadora. El Ministerio también dispuso que, sin importar la naturaleza jurídica que adopte, la ventanilla estará sujeta a la inspección y vigilancia de la Dirección Nacional de Derecho de Autor.Lina Mosquera, Gerente de la ventanilla única de las sociedades de gestión colectiva, VID, afirma en Dinero que “Colombia es pionera en el tema de Ventanilla Única ya que no existe en el mundo una entidad a través de la cual el usuario tenga la posibilidad de obtener una licencia unificada y realizar ante una entidad única, el pago por concepto de derechos de autor y conexos de diferentes industrias creativas”.
Por otra parte, Felipe García Pineda, Director General de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, dijo en el mismo medio que: “La Ventanilla Única le permitirá a cualquier ciudadano que pretenda operar un establecimiento de comercio, cumplir en un solo paso con el requisito de acreditar el pago de los derechos de autor. La iniciativa también brindará seguridad jurídica para los comerciantes de todo el país, por cuanto el pago efectuado en la Ventanilla Unica generará la presunción a favor del comerciante o empresario del cumplimiento del requisito”.
El representante de la firma Garrido Abad, el abogado Jorge Garrido, envió una carta a diversos medios de comunicación donde asegura que la ventanilla “es una desafortunada reforma legal para los comerciantes y más allá de ventanilla, será una pesadilla para éstos, como que por mandato de esa ley Antitrámites y para efecto del cumplimiento de un requisito de pago de derechos de autor de la Ley 232 de 1995, ahora tendrán que pagar, en un solo pago, no solamente los derechos de Sayco y Acinpro, sino los de otras entidades que agencian derechos sobre la exhibición de obras audiovisuales o de aparatos de televisión, derechos de interpretación de los actores, derechos sobre las fotocopias y derechos sobre el almacenamiento digital de obras”.
Lo anterior significa, como lo publica Portafolio, que de dos derechos que exigieron durante los últimos 30 años para el cumplimiento del requisito de funcionamiento que se debe cumplir ante los Alcaldes de todo el país (Sayco y Acinpro), ahora se tendrán que seguir pagando cerca de cinco, lo que necesariamente incrementará el valor que los comerciantes pagaban hasta hace unos días.
Jorge Alonso Garrido Abad, asesor de derechos de autor, afirma en El Diario del Otún que la ventanilla perjudica a los comerciantes en el pago de derechos de autor. “Estamos realizando una convocatoria a nivel nacional para que los comerciantes no escondan el televisor en los establecimientos públicos, y no se dejen presionar para el pago de los derechos de autor que muchas personas no están obligadas a pagar, por ejemplo los derechos de los programas de televisión de las principales cadenas son pagados por RCN y Caracol a Sayco y Acinpro, y no se puede pretender que las personas paguen por ver estos canales”, dijo Garrido Abad.
También explica que es importante que el público tenga presente que desde los últimos tres años cuando entró en vigencia la aplicación de la Ley 23 se produjo la obligación de pagar derechos de autor para cumplir con una obligación ante cada una de las alcaldías de los municipios del país.