El pasado 27 de diciembre de 2013 se emitió el decreto 3023 por parte del ministerio de hacienda y crédito público y el ministerio de comercio, industria y turismo con el fin de actualizar el contenido normativo del decreto 2784 de 2012 que aplicarán las entidades pertenecientes al grupo 1
La ley 1314 de 2009 estableció que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP es el normalizador tanto de normas contables y de información financiera como todo lo concerniente al aseguramiento y auditoría de la información, presentado para ello propuestas que deberán ser aprobadas por los ministerios antes señalados. Veamos lo planteado por la norma:
“Artículo 6 Ley 1314 de 2009. AUTORIDADES DE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN TÉCNICA. Bajo la dirección del Presidente de la República y con respeto de las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información, con el fundamento en las propuestas que deberá presentarles el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información.(el subrayado es nuestro)”
El decreto 2784 de 2012 no solo establece los requisitos para pertenecer al Grupo 1 sino que le da vida jurídica como marco técnico al Estándar Internacional conocido como NIIF Plenas (IFRS Full), pues éste decreto contiene como anexos las NIIF (IFRS) vigentes al 1 de enero de 2012.
Durante los años 2012 y 2013 se realizaron por parte del Consejo Emisor del Estándar Internacional (IASB), algunas enmiendas las cuales obligaba la actualización del marco normativo aprobado por dicho decreto. Por lo anterior, los estándares NIIF Plenos (IFRS Full) se encuentran actualmente actualizados al mes de agosto de 2013, fecha de la última traducción al español del estándar.
El decreto en mención tiene adjunto el estándar pleno (IFRS Full) actualizado al mes de agosto de 2013 y que representa el marco normativo técnico que aplicará el Grupo 1. Éste decreto consta de 471 páginas.
Se debe tener claro que los cambios que realice el Consejo Emisor de Estándares Internacionales (IASB) no tendrán efecto hasta tanto no se realice el debido proceso, es decir:
Esta metodología permite tiempo suficiente para analizar los impactos de los cambios que se realizan a los estándares internacionales.
Hasta la fecha siguen pendiente la emisión normativa de los estándares de auditoría y aseguramiento de la información, la cual debe seguir el mismo proceso anteriormente descrito.
Preparada por:
Edmundo Alberto Flórez Sánchez
Líder de Investigación de Estándares Internacionales en Actualicese.com
edmundo.florez@blacolombia.com