Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consecuencias para empleador de no reportar a tiempo el retiro de la EPS de un trabajador


Consecuencias para empleador de no reportar a tiempo el retiro de la EPS de un trabajador

Los empleadores están en la obligación de pagar la mora que se forme hasta cuando sea reportada la novedad. Ahora, se pueden aportar pruebas de la fecha de terminación del contrato a través de un derecho de petición.

Analicemos el siguiente caso. Si un empleador no reporta a tiempo la novedad de retiro a la EPS y sólo lo reporta 5 meses después, por condiciones de inactividad que pasa su empresa, ¿está obligado a pagar esos 5 meses aunque al empleado le hayan cancelado el servicio la EPS a los 3 meses de mora?

Cuando el empleador omite reportar oportunamente las novedades, en este caso el retiro, en primer lugar hay que decir que los empleadores están en la obligación de pagar esa mora hasta cuando sea reportada la novedad.

¿Pero usted como empleador qué pueden hacer? Cuando reporten la novedad, la cual en este caso es de cinco meses después, cuando la EPS pretenda cobrarles esa mora, a través de un derecho de petición se puede aportar pruebas de la fecha de terminación del contrato.

¿Y cuáles son las pruebas? La carta de terminación o renuncia, la copia de liquidación, para comprobar que efectivamente la persona trabajó hasta determinada fecha. Y así se permita hacer el reporte de la novedad extemporánea pero con fecha de retiro con la fecha vieja.

Es decir, si usted presenta hoy la novedad quedará como si hoy estuviera retirando al trabajador, pero si usted la reporta a la EPS, la entidad está en la obligación al igual que el fondo de pensiones de reportar la novedad con la fecha de terminación de contrato. Y así usted va a tumbar la mora.

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