El registro único de beneficiarios finales –RUB– es el nuevo sistema de dispuesto por la Dian para que las personas jurídicas y estructuras sin personería jurídica o similares suministren la información de sus beneficiarios finales.
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Preguntas resueltas 22 de septiembre de 2022.
Según lo dispuesto por la Dian, los beneficiarios finales de las personas jurídicas son:
· Las personas naturales que, actuando individual o conjuntamente, sean titulares (directa o indirectamente) del 5 % o más del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica y se beneficien en un 5 % o más de los activos, rendimiento o utilidades de la persona jurídica.
· Las personas naturales que, actuando individual o conjuntamente, ejerzan control directo y/o indirecto sobre la persona jurídica por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el punto anterior.
· Las personas naturales que ostenten el cargo de representante legal, salvo que exista una persona natural que ostente una mayor autoridad en relación con las funciones de gestión o dirección de la persona jurídica, en cuyo caso se deberá reportar a esta última persona natural. Esto cuando no se identifique ningún beneficiario final bajo los criterios señalados en los puntos anteriores.
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A continuación, el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, responde 9 inquietudes sobre el RUB.