Tras conocer el Decreto 4868 de 2008 en el cual se ordena el aumento del Salario Mínimo, este fue incrementado sólo en el porcentaje del IPC. Por lo tanto, atendiendo los postulados de la Corte Constitucional respecto a que los salarios no deben perder poder adquisitivo de dominio, todos los salarios del país sin importar su monto, deben aumentar.