Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Plazos para pago de impuesto sobre la renta de contribuyentes ubicados en ciertos departamentos de Colombia


Mediante el Decreto 651 de 2019 el Ministerio de Hacienda ajusta plazos para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2018 de los contribuyentes ubicados en el Norte de Santander, Guajira, Cesar, Vichada y Guainía.

Considerando que el cierre de la frontera colombo-venezolana ha afectado el comercio y los sectores económicos de las regiones de Norte de Santander, Guajira, Cesar, Arauca, Vichada y Guainía, mediante el Decreto 651 de 2019 el Gobierno nacional ha establecido plazos especiales para efectuar el pago del impuesto de renta de los contribuyentes pertenecientes a las direcciones seccionales de impuestos y aduanas antes mencionadas, de la siguiente manera: los grandes contribuyentes que a la fecha no se les hubiese vencido el término para el pago de la segunda cuota del impuesto de renta tendrán plazo para pagar hasta el 30 de diciembre de 2019, y las personas jurídicas que cumplan la misma condición respecto de la primera cuota tendrán plazo hasta el 30 de diciembre de 2019; a las personas naturales también se les extiende el plazo hasta dicha fecha.

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