Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Requisitos de las notas débito, crédito y demás documentos derivados de la factura electrónica


Requisitos de las notas débito, crédito y demás documentos derivados de la factura electrónica
Actualizado: 13 agosto, 2019 (hace 5 años)

Las notas débito y crédito corresponden a documentos asociados a una factura electrónica de venta mediante el código único de factura electrónica, los cuales reprocesan información de la misma por razones contables o fiscales, cumpliendo los requisitos establecidos por al Dian.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente pregunta: ¿Qué requisitos deben cumplir los facturadores electrónicos cuando elaboren notas débito, crédito y demás documentos derivados de la factura electrónica? 

De acuerdo con el artículo 9 de la Resolución 000030 de abril 29 de 2019, cuando se elaboren notas débito, crédito y demás documentos electrónicos que se deriven de la factura electrónica de venta, estos deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Corresponder a un sistema de numeración consecutiva propio de quien las expide.
  • Fecha de expedición, prefijo, número, fecha y código único de factura electrónica –Cufe– de la factura electrónica a la cual hace referencia.
  • Nombre o razón social y NIT del facturador electrónico o proveedor tecnológico y del adquiriente.
  • Código único de documento electrónico –Cude–.
  • Cantidad y descripción específica de los bienes o servicios, utilizando códigos que permitan la identificación objeto de ajuste de estos, cuando sea el caso.
  • Descripción y valor de los impuestos.
  • Valor unitario y total.
  • Información adicional referente a la factura electrónica.

Una vez sean validadas las notas débito, crédito y demás documentos electrónicos, deben ser entregados al adquiriente atendiendo el procedimiento y los medios conforme se haya expedido la factura electrónica. Estos documentos deberán cumplir con las condiciones, términos y mecanismos técnicos y tecnológicos para su generación, transmisión, validación, expedición y recepción, en concordancia con el Anexo técnico de factura electrónica de venta”.

Cuando la factura electrónica haya sido generada y haya lugar a devoluciones, anulaciones, rescisiones o resoluciones, deberá emitirse la correspondiente nota crédito, dejando clara su justificación. En caso de anulaciones, los números de las facturas anuladas no podrán ser utilizados nuevamente.

 

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