Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario del pago de incapacidades por la empresa


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Según la norma laboral, cuando un empleado se incapacita, los dos primeros días deben ser cancelados por la empresa sobre el 66,67% del salario devengado. Sin embargo, si la empresa decide pagar la incapacidad al 100%, ¿la diferencia puede ser tomada como deducible en renta? 

Resueltas el 10 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que, por regla general, las incapacidades médicas de origen común deben ser canceladas por la empresa los dos primeros días, y del tercero en adelante por la EPS, sobre el 66,67 % del salario del trabajador.

Por otro lado, precisa que, para determinar si los pagos efectuados a los trabajadores son o no deducibles en renta, se tendrá que analizar si fueron o no sometidos a retención en la fuente, según lo indicado en el artículo 87-1 del Estatuto Tributario.

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