Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Precios de transferencia, obligados a presentar declaración informativa y documentación comprobatoria


El régimen de precios de transferencia debe ser aplicado por los contribuyentes del impuesto de renta ubicados en Colombia que hayan efectuado durante el año operaciones de ventas, compras, o préstamos, etc., con entidades o personas que califican con sus vinculadas económicas, y estos últimos hayan estado ubicados en el exterior o incluso dentro de alguna zona franca en Colombia. Pero ¿quiénes deben presentar declaración informativa y documentación comprobatoria?

Pues bien, los contribuyentes del impuesto de renta, cuyo patrimonio bruto en el último día del año o período gravable sea igual o superior al equivalente a cien mil (100.000) UVT (lo que equivale para el 2014 a $2.748.500.000) o cuyos ingresos brutos del respectivo año sean iguales o superiores al equivalente a sesenta y un mil (61.000) UVT (equivalente para el año 2014 a $1.676.585.000), que celebren operaciones con vinculados económicos están obligados a presentar la declaración informativa individual de precios de transferencia y a preparar y enviar la documentación comprobatoria relativa a cada tipo de operación con la que demuestren la correcta aplicación de las normas del régimen de precios de transferencia.

Es importante tener en cuenta que la información financiera y contable utilizada para la preparación de la documentación comprobatoria deberá estar certificada por el revisor fiscal, y que dicha documentación deberá conservarse por un término mínimo de cinco (5) años, contados a partir de enero primero del año siguiente al año gravable de su elaboración, expedición o recibo y colocarse a disposición de la DIAN, cuando esta así lo requiera.

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