Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Informe de la categoría tributaria de las personas naturales al agente de retención


El Decreto 1070 del 2013 que reglamentó algunas disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario, señala que para efectos del cálculo de la retención en la fuente, las personas naturales deben suministrar a sus contratantes, empleadores o agentes de retención, las información necesaria que permita determinar la categoría tributaria en la cual se clasifican. El documento con la información que deben entregar debe contener lo siguiente:

  • Si el 80% o más de los ingresos obtenidos en el año gravable inmediatamente anterior fueron generados en:
  • La prestación de servicios de manera personal.
  • El desarrollo de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante.
  • El ejercicio de profesiones liberales.
  • La prestación de servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos especializados, o de maquinaria o equipo especializado.

De no ser así, igual deberán informarlo al agente de retención.

  • Si está obligada a presentar declaración de renta por el año gravable inmediatamente anterior.
  • Si durante el año gravable inmediatamente anterior no desarrolló una de las actividades señaladas en el artículo 340 del Estatuto Tributario; en caso de haberlo hecho, si esta le generó más del 20% de sus ingresos brutos.
  • Si durante el año gravable inmediatamente anterior prestó servicios técnicos que requirieran de materiales o insumos especializados, o maquinaria o equipo especializado, cuyo costo represente más del veinticinco por ciento (25%) del total de los ingresos percibidos por concepto de tales servicios técnicos. De no ser así, también deberá informarlo.

La persona natural debe suministrar esta información por escrito a su contratante o agente de retención, a más tardar el 31 de marzo de cada año; en caso de que la relación laboral o el contrato por prestación de servicios inicie luego de la fecha mencionada, deberá proporcionar dicha información antes que se realice el primer pago.

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