Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades del sistema cedular del impuesto sobre la renta para personas naturales


Novedades del sistema cedular del impuesto sobre la renta para personas naturales

Aquí hablaremos sobre...

  • Impuesto sobre la renta para personas naturales
  • Sistema cedular
  • Tratamiento para las rentas laborales
  • Rentas de pensiones, de capital y demás

Para la depuración del impuesto de renta de personas naturales la Ley 1819 de 2016 creó un sistema de cédulas que buscan establecer el impuesto a pagar según la fuente de los ingresos. Contribuyentes tendrán que separar y depurarlos desde el 2017 y declararlos durante el 2018 tomando cinco cédulas.

Dentro de los principales cambios en la tributación de personas naturales que presenta la reforma tributaria estructural está la aplicación de un sistema cedular del impuesto sobre la renta, el cual se dividirá en cinco cédulas.

Impuesto sobre la renta para personas naturales

“para efectos del impuesto sobre la renta, este año las personas naturales ya no deberán clasificarse en empleados, trabajadores por cuenta propia u otros”

De la mano de la Ley 1819 de 2016, y para efectos del impuesto sobre la renta, este año las personas naturales ya no deberán clasificarse en empleados, trabajadores por cuenta propia u otros; lo anterior implica que ya no existirán diversos sistemas para determinar el impuesto sobre la renta de las personas naturales y que la liquidación del impuesto sobre la renta será más simple. Así las cosas, ya no será aplicable la determinación del impuesto sobre la renta bajo los sistemas del IMAN ni del IMAS.

Sistema cedular

El cálculo del impuesto sobre la renta se hará teniendo en cuenta el origen de las rentas obtenidas durante el año. De igual forma se aplicará un sistema cedular del impuesto, en el cual existirán cinco cédulas:

  1. Rentas laborales.
  2. Rentas de capital.
  3. Rentas no laborales.
  4. Rentas de pensiones.
  5. Dividendos.

Así se aplicará un sistema de depuración para cada una de estas cédulas y una tarifa específica, de manera que el impuesto de renta será la suma de la determinación que arroje cada una de estas cédulas.

Tratamiento para las rentas laborales

En la cédula de rentas laborales se incluyen todos los ingresos obtenidos por la prestación de servicios personales, según lo dispuesto por el artículo 103 del ET. En la determinación del impuesto bajo la cédula de rentas laborales, el artículo 388 del ET, modificado con el artículo 18 de la Ley 1819 de 2016, establece un nuevo límite para las deducciones y rentas exentas que pueden ser descontadas por las personas naturales en la determinación de la base de retención en la fuente por rentas de trabajo.

Esta modificación indica que la suma total de las deducciones y rentas exentas no podrá superar el 40% del resultado de restar los ingresos menos los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. De este 40%, el 25% se atribuye a las rentas exentas laborales, por lo que el restante 15% quedaría para incluir las demás deducciones y rentas exentas, tales como:

  1. Intereses pagados en la adquisición de vivienda propia ya sea mediante la modalidad de crédito hipotecario o leasing habitacional.
  2. Dependientes.
  3. Medicina prepagada.
  4. Aportes voluntarios a fondos de pensión o a cuentas de ahorro para el fomento de la construcción –AFC-.

Según lo anterior, la aplicación de descuentos y rentas exentas para las rentas laborales estarán limitadas al 40% del ingreso neto del trabajador, lo cual tendrá como efecto un mayor monto de impuesto sobre la renta para las personas naturales.

Rentas de pensiones, de capital y demás

Por su parte, se consideran rentas de pensiones a los ingresos percibidos, como su nombre lo indica, por pensiones, incluso las de sobrevivientes y sobre riesgos laborales. Adicionalmente, se incluyen los ingresos por indemnizaciones sustitutivas de pensiones y devoluciones de saldos de ahorro pensional y dentro de las rentas de capital se incluyen los intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías e ingresos por explotación de la propiedad intelectual.

Las rentas no laborales cobijan los ingresos percibidos por personas naturales que contraten dos o más personas para el desarrollo de su actividad y cualquier otro ingreso que no se pueda clasificar en otra cédula.

* Con información del INCP.

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