El Congreso de la República expidió la Ley 1796 del 13 de julio del 2016, a través de la cual estableció un grupo de medidas enfocadas a la protección del consumidor en materia de compra de vivienda. Con dicha ley el Estado busca incrementar la seguridad de las edificaciones y el fortalecimiento de la actividad de curaduría urbana asignada a la Superintendencia de Notariado y Registro.
Con la llegada de esta ley, se obliga a que toda construcción nueva cuente con una certificación técnica de ocupación para legitimar que la construcción se realizó de conformidad a los planos, diseños y especificaciones técnicas, estructurales y geotécnicas exigidas por el Reglamento Colombiano de Construcciones sismo Resistentes y aprobadas en la respectiva licencia.
Dicha ley señala que, ante la ocurrencia de una amenaza o ruina dentro de los 10 años posteriores a la expedición de la certificación técnica de ocupación de una vivienda nueva, el constructor o enajenador de vivienda está obligado a asumir los perjuicios patrimoniales que se le causen al propietario.
Para conocer más respecto a este pronunciamiento, puede visitar la Ley 1796 del 13 de julio del 2016 emitida por el Congreso de la República.