Declaraciones de retención en la fuente con saldo inferior a 10 UVT: ¿responsabilidad penal?
Desde el punto de vista tributario, los saldos pendientes de pago por declaraciones de retención en la fuente inferiores a 10 UVT tendrían hasta un año de plazo para ser cancelados. Este tratamiento difiere con lo establecido en el artículo 402 del Código Penal. Más detalles aquí. Share on WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Share on Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Share on X (Se abre en una ventana nueva) X Share on LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
