Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación de aportes a seguridad social de trabajadores independientes


Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

En la actualidad, ¿cuál es la forma correcta de realizar los aportes a seguridad social como trabajador independiente?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que no solo a los trabajadores dependientes les asiste la obligación de realizar aportes al sistema integral de seguridad social (esto es: salud, pensión y ARL), de acuerdo con el salario devengado, sino que también lo deben hacer los que califican como trabajadores independientes, los cuales, a su vez, se clasifican en: comerciantes, cuenta propia y prestadores de servicios rentistas de capital, información sobre la cual se debe tener absoluta claridad, porque esto cambia parcialmente el valor a pagar por los aportes en mención.

Ahora bien, es de resaltar la importancia de hacer la lectura del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo por la vigencia 2018 – 2019, segmento que ratifica que los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes deben realizarse mes vencido.

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