Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Registro de actividad en el RUT para persona que lleva contabilidad y que tiene acciones en una SAS


Actualizado: 28 abril, 2017 (hace 7 años)

Una persona natural obligada a llevar contabilidad tiene acciones en una SAS, ¿Qué actividad debe figurar en su RUT? ¿Cuándo debe reconocer los dividendos como ingreso? ¿Qué tipo de retención le aplica?

El Dr. Diego Guevara indica que, si los dividendos son el único ingreso operacional, la persona natural puede utilizar el código 0090 rentista de capital en su RUT. Ahora bien, si es obligado a llevar contabilidad debe validar lo dispuesto en el artículo 28 del estatuto tributario, donde se dispone:

“Art. 28. Realización del ingreso para los obligados a llevar contabilidad.

* -Modificado- Para los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, los ingresos realizados fiscalmente son los ingresos devengados contablemente en el año o período gravable.

Los siguientes ingresos, aunque devengados contablemente, generarán una diferencia y su reconocimiento fiscal se hará en el momento en que lo determine este Estatuto y en las condiciones allí previstas:

  1. En el caso de los dividendos provenientes de sociedades nacionales y extranjeras, el ingreso se realizará en los términos del numeral 1del artículo 27 del Estatuto Tributario.”
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