Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Resumen con las noticias tributarias más importantes del 2012


Resumen con las noticias tributarias más importantes del 2012

Aquí hablaremos sobre...

  • El Decreto-Ley 019 de enero de 2012 modificó varios trámites de tipo tributario
  • La Corte salvó dos veces la vigencia de la Ley 1429 de 2010
  • La DIAN estrenó el nuevo Formato 1732 para solicitar a ciertos declarantes de renta del 2011 obligados a llevar contabilidad lo que se denominó “información con relevancia tributaria”
  • En Febrero de 2012 se tomó la decisión de aplazar hasta julio de 2012 el inicio de la tarea para todas las personas juridicas de empezar a presentar sus declaraciones tributarias en forma virtual
  • En Abril de 2012 se expidió la Ley 1527 para fijar por tercera vez una nueva tabla de retención en la fuente a trabajadores independientes y para revivir la posibilidad de firmar contratos de Leasing con tratamiento de Leasing Operativo
  • En junio de 2012 se expidió el Decreto 1159, para que la DIAN señale en el 2013 a los agentes de retención que quedarán obligados a usar a los bancos para pagarle a sus terceros y en ese momento del pago practicar las retenciones de Renta e IVA
  • En octubre de 2012 se expidieron las resoluciones con solicitud de información exógena tributaria por el año gravable 2012 aumentendo el universo de obligados a entregar
  • En octubre de 2012 se radicó en el congreso el proyecto de Reforma Tributaria para la Equidad y la generación de empleo
  • En noviembre de 2012 se expidieron nuevas normas para modificar el proceso de solicitud de devolución o compensación de los saldos a favor en renta o IVA
  • En noviembre de 2012 la DIAN cambió el 99% de los códigos de actividades económicas que se mantienen reportados en el RUT y por eso actualizará de oficio el RUT de 3.000.000 de inscritos

En octubre de 2012 se radicó en el congreso el proyecto de Reforma Tributaria para la Equidad y la generación de empleo

En octubre 4 de 2012, y luego de haber estado aplazando por mas de año y medio su decisión, el Gobierno decidió radicar en el Congreso su Proyecto de Reforma Tributaria (Proyecto de Ley 166/12) el cual tiene como grandes objetivos la generación de empleo mediante reducción de aportes parafiscales a la nomina y la búsqueda de la equidad poniendo mayor impuesto de renta a las personas naturales con mayores ingresos brutos en el año.

La propuesta se presentó inicialmente como un proyecto de solo 102 artículos con los cuales se agregaban 54 nuevos artículos al E.T., se modificaban otros 55, se derogan otros 8 y se hacían múltiples cambios a otras normas por fuera del E.T.

Sin embargo, al  socializar la propuesta el Gobierno empezó a recibir muchas criticas y también otras propuestas adicionales de parte del Congreso y la opinión publica, razón por la cual entre octubre y noviembre de 2012 se llegaron a conocer cada semana un nuevo borrador de la propuesta al punto de que a comienzos de diciembre, cuando hacemos este escrito, el quinto borrador que estudiaba el congreso era una borrador de contenía 192 artículos y para poder aprobarlos antes de que termine el 2012 (Como lo desea el gobierno) los Congresistas pidieron irse a sesiones extras que se llevarán a cabo hasta el día 19 de diciembre de 2012 (ver el Decreto 2605 diciembre 14 de 2012).

De entre todas las complejas propuestas que ha traído desde el comienzo el proyecto, las que más inquietudes generan son las del nuevo impuesto a la equidad (abreviado como CREE-Contribución Empresarial para la equidad), y el calculo de lo que sería el IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) para la mayoría de  personas naturales residentes en Colombia.

En noviembre de 2012 se expidieron nuevas normas para modificar el proceso de solicitud de devolución o compensación de los saldos a favor en renta o IVA

Mediante el Decreto 2277 de nov. 6 de 2012 el Gobierno derogó totalmente al Decreto 1000 de 1997 y  estableció los nuevos procedimientos para solicitudes de devolución y/o compensación de saldos a favor en Renta o IVA los cuales se empezaron a aplicar a partir de diciembre 1 de 2012.

Entre las novedades que trae el Decreto 2277 se encuentran que si la solicitud se presenta mediante apoderado, dicho apoderado no debe ser obligatoriamente un abogado. Además, si el saldo a favor que se devuelve es de 1.000 UVT o menos, entonces ya no lo seguirán dando en cheques sino mediante consignación a una cuenta corriente o de ahorros que indique el contribuyente.

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Además, el Art. 22 del Decreto 2277 dispuso que las solicitudes se podrían presentar de forma virtual por el portal de la DIAN y para ello la DIAN expidió su Resolución 151 de Nov. 30 de 2012 en la cual se dispuso que a partir de enero 1 de 2013 quienes tengan la condición de Grandes Contribuyentes quedan obligados a hacer el proceso solo en forma virtual y los demás sí lo pueden hacer o en forma virtual o en forma presencial.

Quienes deban hacerlo en forma virtual deberán diligenciar los 11 nuevos formularios y los nuevos 10 formatos en XML mencionados en la Resolución 151. Quienes lo hagan presencialmente tienen la obligación de elaborar también los 10 formatos en XML.

En noviembre de 2012 la DIAN cambió el 99% de los códigos de actividades económicas que se mantienen reportados en el RUT y por eso actualizará de oficio el RUT de 3.000.000 de inscritos

A raíz de que el DANE mediante su Resolución 066 de enero de 2012 hiciera una cuarta revisión al listado de los Códigos CIIU (Clasificación internacional Industrial Uniforme) y modificara el listado de dichos códigos, la DIAN entonces se vio obligada a modificar el 99% de los códigos de actividades económicas que las personas naturales y jurídicas mantienen reportados en su primera página del RUT

Para ello emitió su nueva Resolución 0139 de noviembre 21 de 2012  a través de la cual se reemplazó la Resolución 00432 de noviembre 19 de 2008 y se vuelve a recopilar en un solo documento, de 34 páginas, el nuevo listado con los códigos de actividades económicas

Para facilitar el proceso de actualizar los códigos de actividades económicas, la DIAN dio aviso en diciembre 3 de 3012 de que le actualizaría de oficio (es decir, en forma automática) el RUT a cerca de 3.000.000 de inscritos (entre personas jurídicas y naturales ).  Para saber si la DIAN ya hizo esa actualización, se debe visitar un enlace especial del portal de la DIAN en el cual se digita el número de cédula de la persona natural o el número de Nit de las personas jurídicas.

Si la DIAN no le actualiza de oficio su RUT, el interesado podrá hacerlo presencialmente o virtualmente según las instrucciones que la DIAN dio en un Micro Site especial que se diseñó dentro del portal de la entidad. El plazo para hacerlo es hasta enero 31 de 2013 pues de lo contrario se impondrán las sanciones del art. 658-3 del E.T. (2 UVT por cada día de atraso, o sea, 2 x $26.841= $54.000, y que como mínimo queda en 10 UVT; ver art. 638).

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