TTD en estados financieros consolidados: participación de personas naturales o entidades no contribuyentes


TTD en estados financieros consolidados: participación de personas naturales o entidades no contribuyentes
Actualizado: 15 abril, 2024 (hace 2 semanas)

La Dian indicó que en los cálculos de la tasa mínima de tributación de quienes consolidan estados financieros no se deben tomar en cuenta ni los impuestos depurados ni las utilidades depuradas de los miembros del grupo que no estén sujetos a tributar con las normas de los artículos 240 y 240-1 del ET.

Este contenido solo está disponible para Suscriptores.

Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí.

Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,