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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Día: 20 de octubre de 2015

Activos omitidos legalizados se deben presentar en la declaración de renta

Impuestos Publicado: 20 octubre, 2015

El artículo 39 de la Ley 1739 del 2014 señala que los activos del contribuyente que se hayan omitido durante períodos anteriores y que se sometan al impuesto complementario de normalización tributaria deben incluirse, para efectos patrimoniales, en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios, y del Impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– del año gravable en que se declare el impuesto complementario de normalización tributaria, y dejarán de considerarse activos omitidos.

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