Las personas naturales y jurídicas que decidan continuar o inscribirse por primera vez en el régimen simple de tributación durante el 2025, ¿también tendrán que entregar reportes de información exógena tributaria a la DIAN?
¿Qué sucedería durante el 2025 si una persona natural o jurídica se inscribe en el régimen simple y proyecta que en dicho año tendrá ingresos que le formarán ganancias ocasionales?
Si una persona natural actualmente pertenece al régimen ordinario del impuesto de renta y adicionalmente cumple con los topes para responder por el impuesto al patrimonio, ¿qué sucedería con el impuesto al patrimonio si decide trasladarse al régimen simple en el 2025?
Si alguna persona jurídica actualmente está operando en el régimen ordinario, y utiliza el beneficio de las rentas exentas de la economía naranja, pero dicho beneficio luego se ve afectado con el cálculo de la tasa mínima, ¿por qué sería recomendable para dicha persona jurídica el pensar en trasladarse al régimen simple?
Ya ha transcurrido más de un año desde que la Ley 2277 de 2022 modificó la norma del artículo 910 del ET para exonerar a algunas personas naturales de la tarea de liquidar anticipos bimestrales en el régimen simple.
Resolvemos 4 importantes interrogantes sobre el tema en este editorial.
El nuevo Formulario 2593 aplica para los contribuyentes del régimen simple. Deben usarlo para presentar sus anticipos bimestrales para el año gravable 2024 y siguientes. La Dian, a través de la Resolución 000081 de 2024, prescribió el nuevo formulario 2593 para los contribuyentes del régimen simple de tributación, quienes deben utilizarlo para presentar sus anticipos […]
La Dian anunció que todos los inconvenientes presentados con algunos inscritos del Régimen Simple de Tributación a la hora de diligenciar el Formulario 260 han sido solucionados.
La Dian declaró la contingencia en sus servicios, ya que no logró disponer del formulario 260 para los contribuyentes del régimen simple de tributación.
Como un hecho nunca visto, la Dian expidió su Comunicado 020 de abril 13 de 2024 para declarar la contingencia en el uso virtual del formulario 260 del año gravable 2023, el cual llevaba menos de 24 horas de haber sido liberado en la plataforma Muisca, pero presentó múltiples fallas.
A través de la Resolución 00061 de 2024, la Dian prescribió un nuevo formulario 260 para las declaraciones del SIMPLE del AG 2023, en el cual se aplicarán los efectos de la Sentencia C-540 de 2023.
La nueva norma no indica lo que sucedería con el anterior formulario de la Resolución 008737 de 2023.
El formulario 260 será utilizado por los contribuyentes que deben declarar el impuesto unificado del régimen simple de tributación por el AG 2023.
Contribuyentes del régimen simple utilizarían el formulario 2593 para cumplir con sus obligaciones tributarias ante la Dian.