Actualícese.com

Fechas para la declaración anual consolidada del régimen simple 2025: conoce los plazos


renta personas jurídicas 2025
Actualizado: 18 diciembre, 2024 (hace 3 días)

Aquí hablaremos sobre...

  • Plazos para la presentación de la declaración anual
  • Plazos para pagar los anticipos bimestrales
  • Plazos para la presentación de la declaración anual consolidada del IVA
  • Formularios para cumplir con las obligaciones del régimen simple 2025
  • Acerca de las obligaciones del régimen simple 2025

Descubre las fechas clave del régimen simple 2025 establecidas por el Decreto 2229 de 2023 del Ministerio de Hacienda. Consulta el calendario tributario, que incluye plazos para la declaración anual consolidada del SIMPLE.

Cumple con los 6 anticipos bimestrales correspondientes al AG 2025.

Plazos para la presentación de la declaración anual

De acuerdo con el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de diciembre 22 de 2023, las personas naturales y jurídicas que por el período gravable 2024 se hayan inscrito como contribuyentes del SIMPLE deberán presentar la declaración anual consolidada correspondiente al año gravable 2024 a más tardar en las fechas que se indican a continuación, teniendo en cuenta el último dígito del NIT registrado en el RUT:

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

1 y 2

15 de abril

3 y 4

16 de abril

5 y 6

21 de abril

7 y 8

22 de abril

9 y 0

23 de abril

Ten en cuenta que…

  1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación no presentan declaración de renta y complementario.
  2. El impuesto de ganancia ocasional para los contribuyentes del SIMPLE se determinará conforme a las reglas generales establecidas en el Estatuto Tributario y se pagará en los plazos dispuestos anteriormente dentro del mismo formulario 260 empleado para la declaración anual consolidada del régimen simple.
  3. El impuesto nacional al consumo por expendio de comidas y bebidas para los contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación se determinará con base en las reglas generales establecidas en el Estatuto Tributario y se declarará y pagará en los dispuestos anteriormente.

Plazos para pagar los anticipos bimestrales

El parágrafo 4 del artículo 908 del ET señala que los contribuyentes del SIMPLE se encuentran obligados a pagar bimestralmente un anticipo a título del impuesto unificado a través de los recibos de pago electrónico.

La única excepción se estableció en el nuevo parágrafo 3 del artículo 910 del ET, adicionado con la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, en el que se indica que aquellas personas naturales pertenecientes al régimen simple de tributación, cuyos ingresos no superen las 3.500 UVT ($174.297.000 en 2025), deberán presentar únicamente la declaración anual consolidada con su respectivo pago, sin necesidad de realizar pagos anticipados.

Así pues, el artículo 1.6.1.13.2.52 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2229 de 2023, establece que por el año gravable 2025 los contribuyentes obligados a presentar y pagar el anticipo bimestral deberán hacerlo a más tardar en los siguientes plazos, teniendo en cuenta el último dígito del NIT registrado en el RUT:

Del mes pasado dígito del NIT

Enero


Febrero

Marzo


Abril

Mayo


Junio

Julio


Agosto

Septiembre


Octubre

Noviembre


Diciembre

Plazo máximo para declarar

Mayo

Junio

Julio

Septiembre

Noviembre

Enero 2026

1

12

11

9

9

12

13

2

13

12

10

10

13

14

3

14

13

11

11

14

15

4

15

16

14

12

18

16

5

16

17

15

15

19

19

6

19

18

16

16

20

20

7

20

19

17

17

21

21

8

21

20

18

18

24

22

9

22

24

21

19

25

23

0

23

25

22

22

26

26

Plazos para la presentación de la declaración anual consolidada del IVA

Según el artículo 1.6.1.13.2.51 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2229 de 2023, los contribuyentes del SIMPLE que sean responsables del IVA deberán presentar la declaración anual consolidada por concepto de dicho impuesto correspondiente al año gravable 2024, de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante, así:

TAMBIÉN LEE:   Este es el límite de transacciones exentas del pago del GMF en 2025

Últimos dígitos del NIT

Hasta el día

1 y 2

17 de febrero

3 y 4

18 de febrero

5 y 6

19 de febrero

7 y 8

20 de febrero

9 y 0

21 de febrero

Al respecto, es válido destacar que el artículo 74 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 modificó el parágrafo 4 del artículo 437 del ET para indicar que no son responsables del IVA las personas naturales contribuyentes del régimen simple cuando sus ingresos brutos sean inferiores a 3.500 UVT ($164.728.000 por 2024) o cuando únicamente desarrollen una o más actividades establecidas en el numeral 1 del artículo 908 del ET.

Formularios para cumplir con las obligaciones del régimen simple 2025

La versión del formulario 2593 para realizar la presentación de los anticipos bimestrales del régimen correspondientes al año gravable 2025 es el prescrito con la Resolución 000081 del 30 de abril de 2024 para los años gravables 2024 y siguientes.

Para presentar la declaración anual consolidada del IVA correspondiente al año gravable 2024, por su parte, se debe utilizar el formulario 300 prescrito por la Resolución Dian 000019 de marzo 10 de 2020 para las declaraciones correspondientes a los años gravables 2020 y siguientes.

Finalmente, el formulario 260 que se debe utilizar para presentar la declaración anual consolidada del régimen simple correspondiente al año gravable 2024 es el prescrito por Resolución 000187 de octubre 25 de 2024.

Para consultar las versiones actuales de dichos formularios, mantente atento a nuestra página Formularios e instructivos Dian.

Acerca de las obligaciones del régimen simple 2025

Si quieres conocer todos los aspectos relacionados con esta obligación, recorre la Ruta de Actualización Régimen simple: tarifas, declaraciones, novedades y mucho más.

Te compartimos aquí su contenido:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,