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EL 31 marzo de cada año vence el plazo para que condominios realicen asambleas generales.
Aunque son muchos los temas que pueden tratarse en estas reuniones, la mayor parte de los copropietarios aprovecha la ocasión para manifestar sus inquietudes respecto a la convivencia.
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Las asambleas generales de propiedad horizontal son un mecanismo de participación que le permite a los copropietarios tomar decisiones administrativas, financieras y de convivencia. Algunos puntos que se deben tener en cuenta para su realización, según Edifito.co, son:
Aunque son muchos los temas que pueden tratarse en estas reuniones, la mayor parte de los copropietarios aprovecha la ocasión para manifestar sus inquietudes de convivencia.
Omar Cortés, gerente de Edifito.co asegura que las asambleas generales son el encuentro más esperado por muchos, pues ahí esperan solucionar sus problemas.
Cortés explica que frecuentemente se exige respeto por derechos que se han ido perdiendo, como:
“Estas son las mayores preocupaciones que hay entre los vecinos de un condominio, quienes expresan sus motivos en las asambleas. Su descontento con la gestión y problemas de convivencia son los problemas que más se presentan en estas reuniones”, expresa Cortés.
Cortés manifiesta que la asamblea de copropietarios es el máximo órgano decisorio en la propiedad horizontal. Las decisiones se toman con el voto de la mayoría de los copropietarios que se presenten en la asamblea respectiva.
Según el artículo 38 de la Ley 675, las funciones de la asamblea general de copropietarios son:
La Ley 675 de 2001 tampoco establece sanciones ante las inasistencias a la asamblea, pero permite establecerlas a potestad de los estatutos.
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