Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 675 de 01-08-2017


Actualizado: 1 agosto, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 675
Agosto 01 de 2017

En un contrato de agencia comercial, la administración de la entidad, como responsable de los estados financieros de propósito general; el contador público, quien los certifica; y el revisor fiscal o auditor externo, quien los dictamina (en caso de que exista), deberán realizar las evaluaciones necesarias para determinar si los ingresos recibidos de terceros son reconocidos en los resultados de la entidad. Para tal fin, se tendrán en cuenta los lineamientos generales contenidos en los marcos de información financiera en relación con las actuaciones como principal o agente.

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