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Derecho de autor: Contrato de licencia para obras


Actualizado: 19 octubre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es una obra?
  • Derechos que se desprenden de la autoría
  • ¿Qué es el contrato de licencia?
  • Clases de licencias
  • ¿Las licencias se deben inscribir?
  • Elementos de un contrato de licencia
  • Objeto del contrato
  • Registro

¿Qué es una obra?

El derecho de autor protege las obras producto de la creación intelectual y original. Para que una producción se entienda como obra, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Que sea una creación intelectual.
  • Que sea original: la originalidad no es lo mismo que novedad.
  • Que sea de carácter literario o artístico.
  • Que pueda ser divulgada o reproducida.

En el momento en que el autor crea una obra, el derecho de autor le concede protección sobre la misma, sin que para esto se requiera una formalidad jurídica alguna.

Derechos que se desprenden de la autoría

La autoría se divide en dos tipos de derechos: derechos morales y derechos patrimoniales; los primeros hacen referencia a la paternidad de la obra, los segundos tratan sobre la explotación económica de la obra.

¿Qué es el contrato de licencia?

El contrato de licencia es el que permite al autor o titular derivado de los derechos de una obra, autorizar a un tercero para que utilice su creación, bajo las condiciones de tiempo, modo y lugar pactados, sin que el titular se desprenda de sus derechos.

Esta autorización, no faculta al tercero para utilizar la obra objeto del contrato en una modalidad distinta de la pactada.

Si bien, no se encuentra estipulado que el contrato de licencia deba ser por escrito, lo ideal sería que constara en documento para garantizar la idoneidad probatoria y cualquier interpretación equívoca de las partes.

Clases de licencias

  • Licencia simple: son las que restringen el uso; en esta licencia no existe exclusividad relacionada con la posibilidad de otorgar una licencia similar sobre la misma obra a un tercero.
  • Licencias exclusivas: a través de estas, el licenciante se obliga a no otorgar autorización similar a otro sobre la misma obra.
  • Licencias onerosas: consisten en que el licenciatario da una contraprestación económica al licenciante por el uso de la obra.
  • Licencia gratuita: no es necesaria una contraprestación económica.

¿Las licencias se deben inscribir?

Para efectos de publicidad y oponibilidad, las licencias que nacen por este tipo de contrato son objeto de inscripción ante el Registro Nacional del Derecho de Autor.

Elementos de un contrato de licencia

Sujetos:

  • Licenciante: es el autor o titular del derecho.
  • Licenciatario: es quien obtiene la autorización para hacer uso de la obra.

Objeto del contrato

Es la autorización específica para que un tercero ejerza derecho patrimonial de autor sin que le sea trasladada la titularidad de la obra.

Esta autorización puede limitar los derechos autorizados, la forma de explotación, el tiempo y el lugar de explotación.

Consentimiento: es necesario que el contrato exprese la voluntad de las partes de contratar libremente y asumir los efectos jurídicos que conlleva, consecuencias que deben quedar expresas para claridad de las partes.

Registro

Es necesario que el contrato sea registrado en la Oficina de Registro de derechos de Autor.

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