Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

MinTrabajo no expide certificado de trabajo en alturas


MinTrabajo no expide certificado de trabajo en alturas
Actualizado: 8 febrero, 2023 (hace 1 año)

Los presuntos estafadores estarían cobrando entre $350.000 y $800.000 por emitir dichas constancias a nombre del MinTrabajo.

Desde la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo del Ministerio del Trabajo, se recuerda que la entidad no es la encargada de expedir o certificar a las personas que se capacitan en trabajo en alturas, aclara que, para tal fin, que es gratuito, están habilitados centros de capacitación y entrenamiento.

La precisión se realiza a raíz de las denuncias presentadas por la ciudadanía sobre los cobros que están realizando algunas personas que no están vinculadas a la entidad y que expiden constancias falsas de capacitación para trabajo en alturas.

Los presuntos estafadores estarían cobrando entre $350.000 y $800.000 por emitir dichas constancias a nombre del Ministerio del Trabajo, para que los interesados cumplan con este requisito en sus procesos de contratación.

En Colombia, existen actualmente más de 400 centros de entrenamiento activos, autorizados y registrados con licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo – SST- para capacitar y entrenar en la protección contra caídas de trabajo en alturas. Se recomienda comprobar la veracidad de la constancia ingresando el número de cédula aquí.

La capacitación en alturas hace parte del programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción, reglamentado a través del Decreto 1072, Capitulo 2 Sección 4 Artículo 2.2.4.2.4.2 del Ministerio del Trabajo y es impartida, únicamente, por las instituciones previamente avaladas por el Ministerio del Trabajo.

La Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, es la dependencia encargada de regular las instituciones oferentes de este tipo de entrenamiento y por lo tanto, invita a los interesados a revisar previamente el listado de proveedores para evitar incurrir en este tipo de actividades engañosas.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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