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Pago de horas extras por estar disponible para trabajar 24 horas fue ordenado por la Corte


La Corte Suprema de Justicia ha determinado que si un empleado pacta una disponibilidad con la empresa donde trabaja para que sea requerido en cualquier momento para algún servicio, tiene derecho a devengar una jornada suplementaria.

Lo anterior, según la Corte ocurre:

«(…) así no sea llamado efectivamente a desarrollar “alguna tarea», ya que si dentro de su contrato hay cláusulas de disponibilidad «no podría desarrollar actividad alguna de tipo personal o familiar, pues debería estar presto al llamado de su empleador a atender algún inconveniente relacionado con los servicios prestados».

En una tutela interpuesta por cuatro empleados, estos pidieron el reconocimiento de salarios, horas extras diurnas y nocturnas, recargos nocturnos, dominicales, festivos y el descanso compensatorio por los turnos debidamente laborados, así como la reliquidación de sus prestaciones.

También manifestaron que eran empleados técnicos de planta y beneficiarios de una convención colectiva de trabajo donde se suscribieron horarios de cinco días a la semana, con ocho horas laborales diarias.

Pese al acuerdo, los empleados aseguran que por varios años les programaron turnos de lunes a domingo, excediendo por dos días la jornada laboral acordada, días en los que estaban disponibles y trabajaban muchas veces desde su casa e, incluso, los hacían asistir a la planta.

Fuente: Corte Suprema de Justicia.

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