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1.3 MARCO CONCEPTUAL CONTABLE: IMPORTANCIA EN LA APLICACIÓN DE LOS MARCOS TÉCNICOS NORMATIVOS

Un marco conceptual puede definirse en términos generales como el conjunto estandarizado de conceptos, prácticas y criterios para abordar una temática o determinada situación. En este orden de ideas, el marco conceptual contable puede considerarse como un modelo o referente que permite la solución de diferencias en materia de interpretación, para guiar así el desarrollo, la implementación y aplicación de los estándares que componen los marcos técnicos normativos.

El 29 de marzo de 2018, la Junta Internacional de Normas de Contabilidad –IASB– emitió el marco conceptual de los marcos técnicos normativos contables, el cual agrupó las definiciones, conceptos y lineamientos que son base para la preparación de la información financiera. Este permite que:

  1. El IASB pueda desarrollar lineamientos para que las entidades de los diferentes grupos tengan la posibilidad de preparar sus estados financieros.

  2. Los contadores y administradores desarrollen las políticas contables cuando no existe un lineamiento directo en los Estándares Internacionales para un hecho o transacción específica.

  3. Los usuarios de la información financiera puedan comprender e interpretar los Estándares Internacionales y en ese sentido apoyar la toma de decisiones.

1.3.1 Justificación del marco conceptual

En 1989 el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad –IASC– emitió el marco conceptual para la preparación y presentación de informes financieros; posteriormente, en 2004, la Junta de Normas de Contabilidad Financiera –FASB– (por sus siglas en inglés) desarrolló un proyecto para revisar el que sería su marco conceptual; finalmente, en 2006 sometió a discusión pública un documento, el cual fue establecido como proyecto de norma en 2008. En 2010 la IASB y la FASB publicaron el marco conceptual incluyendo lineamientos del marco emitido en 1989 (sin alterarlo) y otras novedades.

Luego de la emisión del marco conceptual en 2010, los preparadores de información requerían diferentes cambios y realizaron diferentes propuestas para que se emitiera un nuevo marco revisado. En consonancia con esto, a partir de los resultados obtenidos de los comentarios de contadores convocados en diferentes eventos y del documento publicado en 2013 para discusión pública, el IASB y la FASB publican en 2018 el marco conceptual revisado, el cual incluye las siguientes mejoras:

  1. Conceptos de medición, incluyendo que se debe tener en cuenta al seleccionar una base de medición.

  2. Conceptos de presentación y revelación de información en los estados financieros, incluyendo cuándo se deben clasificar los ingresos y gastos en el otro resultado integral.

  3. Actualización sobre las definiciones de activo y pasivo.

  4. Aclaraciones sobre el papel de la incertidumbre que se presenta al momento de realizar las mediciones.

1.3.2 Principales temas abordados en el marco conceptual emitido por el IASB en 2018

A continuación, se enuncian los principales tópicos abordados por el marco conceptual contable emitido por el IASB en 2018:

Capítulo Tema

1. Objetivo de los informes financieros de propósito general

Menciona los siguientes elementos: el objetivo de los informes financieros de propósito general; qué información se requiere para cumplir con la preparación y elaboración de los estados financieros; y el detalle de para qué fines se emite tal información en aras de que sea útil y comprensible para los usuarios de la información financiera.


Cabe anotar que, aunque los informes financieros permitan que los usuarios de la información (sobre todo los inversionistas) se enteren de la situación de una compañía, también se recomienda evaluar otro tipo de fuentes, como las condiciones del mercado, el contexto económico en el que se mueve la entidad, el ambiente político y las perspectivas de la empresa, para tomar decisiones más acertadas.

2. Características cualitativas de la información financiera útil

Se analizan los aspectos que definen la información útil y qué características debería tener esta información. De acuerdo con estos, la información financiera debe ser relevante y guardar una representación fiel para que pueda ser considerada como útil.


Frente al tema de lograr una representación fiel, esta es referida a plasmar los hechos económicos de la compañía a través de la información financiera preparada de una manera transparente, fiable y sin lugar a sesgo, mientras que la relevancia está relacionada con la materialidad, es decir, se debe resaltar la información que puede generar una diferencia entre las decisiones de los usuarios.

3. Estados financieros y la entidad que informa

Se realiza una descripción del objetivo y el alcance de los estados financieros. El objetivo hace alusión a proporcionar la información sobre activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos de la entidad informante.

4. Elementos de los estados financieros

Se hace una redefinición de los diferentes elementos de los estados financieros, mencionando, en esta ocasión, solo los cambios efectuados en los conceptos de activo y pasivo.


De acuerdo con las mejoras evidenciadas en el nuevo marco, se separa el término “recurso controlado”, con el fin de aclarar la diferencia que existe entre términos como “recurso económico”, “flujo esperado”, “potencial de generar beneficios a futuro” y “control”.


Un recurso económico es un derecho existente en el presente, que tiene un gran potencial de producir beneficios a futuro, pero que no necesariamente genera una seguridad absoluta sobre la producción de dichos beneficios. Se considera recurso por el solo hecho de existir; esto difiere del término “flujo esperado” que trae implícita dicha seguridad. Por su parte, un beneficio económico se entiende como el resultado de la utilización o aprovechamiento de dicho recurso económico y el control permite identificar cuál de las partes interesadas puede reconocer o no el activo (ver párrafos 4.6 a 4.25 del marco conceptual).

 

Las anteriores definiciones también competen al concepto de pasivo. Una entidad puede reconocer un pasivo cuando tenga una obligación (deber o responsabilidad que no puede evitar) de transferir un recurso económico. Un pasivo puede ser reconocido así no se tenga conocimiento del tercero o parte a quien se deba transferir el recurso; en su lugar, debe evaluarse si dicha obligación es producto de eventos pasados y vincula el desprendimiento o transferencia de un recurso económico (ver párrafos 4.28 a 4.47 del marco conceptual).

5. Reconocimiento de partidas y baja de cuentas

Menciona los criterios para incorporar diferentes partidas a los estados financieros y orienta al contador sobre cuándo deben ser dadas de baja en cuentas. De igual manera, se realiza la revisión para que el concepto de reconocimiento se refiera de forma explícita a las características cualitativas de la información, principalmente a la relevancia y representación fiel de los hechos económicos.

6. Medición

El marco conceptual anterior incluye pocas orientaciones sobre qué debe tener en cuenta un contador a la hora de realizar una medición. Por lo tanto, este capítulo encierra descripciones sobre las bases de medición y cuáles son los factores que deben ser considerados al elegir una de las bases.

7. Presentación y revelación

Se incluyen conceptos que describen cómo debe ser presentada y divulgada la información de los estados financieros, puesto que se requería información para mejorar la comunicación relativa a las distintas partidas que componen los estados financieros.

8. Conceptos de capital y mantenimiento de capital

Se encuentran conceptos sobre la determinación de las ganancias, el mantenimiento del capital y sus ajustes. Este capítulo fue trasladado del marco conceptual anterior, encontrándose originalmente incluido en el marco emitido en 1989.

1.3.2.1 Principales cambios en el marco conceptual luego del Decreto 2270 de 2019

El 18 de marzo de 2018, el IASB terminó la revisión del marco conceptual para la información financiera y lo emitió a finales de ese mismo mes. En Colombia fue incorporado al anexo 1 del DUR 2420 de 2015 mediante el Decreto 2270 de 2019, luego de surtir el debido proceso ordenado por la Ley 1314 de 2009. En consecuencia, este marco conceptual debe ser aplicado de manera obligatoria a partir del período contable que inició el primero de enero de 2020.

Desde el primero de enero de 2020, el Decreto 2649 de 1993, al igual que el Decreto 2650 del mismo año quedaron derogados. Lo anterior a partir de la expedición del Decreto 2270 de 2019, mediante el cual se adicionó el anexo 6 al DUR 2420 de 2015, compilando las normas del Decreto 2649 de 1993 que seguirán vigentes. Este anexo es aplicable a los tres grupos de convergencia.

El propósito del Decreto 2270 de 2019 se centró en actualizar los marcos técnicos normativos de información financiera y de aseguramiento vigentes en el país y definir además la situación del Decreto 2649 de 1993 en cuanto a dichos marcos técnicos. En esencia, los temas abordados por este decreto fueron los siguientes:

  1. Se realizaron cambios en el Código de Ética emitido por el IESBA, que pasó de tener tres partes a cuatro, de las cuales la última corresponde a las Normas Internacionales de Independencia.

  2. Se creó un nuevo anexo para derogar los Decretos 2649 y 2650 de 1993. En lo correspondiente al 2649, este seguía vigente para aquellos aspectos que no tratan los marcos técnicos internacionales de información financiera, pero se derogó con el 2270 y se creó un anexo que compila varios de sus artículos. De esta manera, mediante el artículo 6 y el numeral 6 del artículo 7 de este último, se adicionó el anexo 6 al DUR 2420 de 2015, que compilaría las normas vigentes del Decreto 2649, así:
Norma Anexo 6 del DUR 2420 de 2015 Decreto 2649 de 1993

Estados financieros extraordinarios

Artículo 1

Artículo 29

Registro de los asientos, soportes y libros contables.

Artículos 2 y del 5 al 17 (título tercero)

Artículo 56 y título III

Verificación de las afirmaciones de los estados financieros.

Artículo 3

Artículo 57

Pensiones de jubilación.

Artículo 4

Artículo 77

Revalorización del patrimonio.

Artículo 5

Artículo 90

El Decreto 2170 de 2019 incluyó modificaciones al marco normativo del grupo 1 y adoptó las versiones revisadas de seis de las normas que conforman el marco de aseguramiento de la información. Tales novedades se resumen en la siguiente matriz:

Cambios en los estados financieros del grupo 1 Cambios para el dictamen del revisor fiscal sobre los estados financieros Cambios relacionados con el período de transición para aplicar la NIA 701
  1. Se adoptó el marco conceptual publicado por el IASB en 2018. El principal cambio de este marco es el relacionado con la definición de activos enfocada en el concepto de derechos.
  2. Se cambió la definición de negocio, término utilizado para determinar si una transacción es una combinación de negocios o la adquisición de un activo, según la NIIF 3.

  3. Se realizaron modificaciones a la NIC 19 de beneficios empleados en lo referente a la exigencia de los cálculos actuariales para la modificación, reducción o liquidación de un plan de beneficios definidos.

  4. Se adicionó la CINIIF 23 al marco técnico contable. Esta resalta la exigencia de la revelación de los juicios y de los supuestos que realiza la entidad para tratar las incertidumbres en la aplicación de la legislación fiscal.

  5. Se cambió el concepto de materialidad y se incluyeron guías y explicaciones para determinar cuándo la información cumple con tal característica.
  1. Se actualizaron las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI-,  modificando a la NIA 250, NIA 800, NIA 805, NIA 810 y la ISAE 3000, cuya aplicación se hizo desde el 1 de enero de 2020 para los revisores fiscales de entidades del grupo 1 y del grupo 2 con activos de más de 30.000 SMMLV o más de 200 trabajadores.
  1. Se dispuso que los revisores fiscales de entidades que sean emisoras de valores deberían revelar las cuestiones claves de auditoría en el dictamen sobre los estados financieros de 2019.

  2. Se estableció que los revisores de entidades del grupo 1 y de las entidades estatales, deben incluir las cuestiones clave en el dictamen de los estados financieros de 2022.