Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cartilla Práctica: Sistema de facturación electrónica


Cartilla Práctica: Sistema de facturación electrónica
Actualizado: 1 noviembre, 2022 (hace 1 año)

En esta edición se abordan las novedades del sistema de facturación electrónica, incluyendo detalles respecto al documento soporte en compras a no obligados a facturar y la nómina electrónica. Esto permitirá comprender totalmente los aspectos relacionados con su correcta implementación y manejo.

Accede a los elementos más relevantes sobre este tema, la normativa y, por supuesto, todas las herramientas que Actualícese trae para ti.


Características técnicas

Editorial:Actualícese.com LTDA.  
Formato:Digital
ISBN (versión digital):978-958-5190-64-1
Número de páginas:82
Tamaño del archivo:PDF: 3,68 MB

El sistema de facturación electrónica consiste en un mecanismo de control y seguimiento a las empresas por parte del Gobierno nacional, en aras de forjar los procesos de inspección y rastreo de las operaciones comerciales realizadas en Colombia. Así, la facturación busca ser una solución a la hora de automatizar los procesos de inspección de la Dian, y una herramienta contundente contra la evasión fiscal.

La facturación electrónica concede ciertos beneficios, entre ellos:

  • Automatiza y minimiza procesos manuales.
  • Reduce costos frente al papel.
  • Optimiza la búsqueda de documentos.
  • Mejora la relación con clientes y proveedores.

Novedades

En la nueva versión del artículo 616-7 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, se introdujeron por lo menos 7 novedades importantes respecto al sistema de facturación, a saber:

  1. Sanción a facturadores electrónicos.
  2. Disposiciones acerca de la facturación en papel.
  3. Facturas de plataformas de comercio.
  4. Instrucciones sobre ventas a crédito.
  5. Aceptación fiscal de costos y gastos.
  6. Disposiciones para expedir el tiquete POS.
  7. Inscripción en la plataforma Radian.

Con la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica comprenderás en qué consiste cada una de estas novedades, para que estés siempre a la vanguardia, de la mano de Actualícese.

Obligados a facturar electrónicamente

De acuerdo con el artículo 615 del ET y los artículos 6 y 8 de la Resolución 000042 de 2020, se encuentran obligados a expedir factura electrónica con validación previa, por todas y cada una de las operaciones realizadas, los sujetos señalados en el artículo 1.6.1.4.2 del DUT de 2016, entre los que figuran:

  • Responsables del IVA (antiguo régimen común).
  • Responsables del impuesto nacional al consumo
    –INC–.
  • Comerciantes, importadores o prestadores de servicios o en las ventas a consumidores finales.
  • Contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación.

Encuentra en este apartado, uno a uno, los demás sujetos obligados a facturar electrónicamente y, a su vez, quiénes son los no obligados a expedir factura, atendiendo la disposición del artículo 1.6.1.4.3 del DUT 1625 de 2016.

Calendario de implementación permanente

En esta nueva entrega de Cartillas Prácticas de Actualícese encontrarás  el calendario de implementación permanente que deberán atender los sujetos que obtengan la calidad de obligados a facturar electrónicamente después de la entrada en vigor de la Resolución 000042 de 2020, en el numeral 3 de su artículo 20. ¡Descárgala ya!

Requisitos de la factura electrónica

Al tenor del artículo 11 de la Resolución 000042 de 2020, modificado por la Resolución 000012 de 2021, la factura electrónica deberá ser expedida atendiendo los lineamientos del artículo 617 del Estatuto Tributario. En la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica identificarás cada uno de los requisitos que deberá agotar dicha factura, entre ellos:

  • Estar denominada expresamente como factura electrónica de venta.
  • Contener apellidos y nombre, o razón social y NIT, del vendedor o de quien presta el servicio.
  • Identificación del adquiriente, según corresponda.
  • Fecha y hora de asignación.
  • Forma de pago, estableciendo si es de contado o a crédito.
TAMBIÉN LEE:   Dian: exenciones del impuesto de renta no aplican para ganancias ocasionales

Radian

En 2020, con el objetivo de mitigar el riesgo de lavado de activos, la Dian lanzó la plataforma denominada Radian (que reemplazó al sistema informático Refel lanzado en 2017), plataforma similar a la usada para recibir las facturas electrónicas de los contribuyentes que se están emitiendo en este momento. Una vez la factura electrónica sea validada por la Dian y el código único de facturación electrónica –Cufe– sea correcto, puede ser registrada en la plataforma Radian.

En esta nueva edición de Cartillas Prácticas Actualícese podrás entender cómo funciona esta plataforma, sus componentes, los requisitos para la inscripción de la factura electrónica como título valor, quiénes pueden usarla y todos los aspectos fundamentales para su correcta aplicación.

Pero eso no es todo…

En la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica también podrás acceder a 11 respuestas a preguntas frecuentes alrededor de este importante tema, para que lo comprendas mejor, de una manera muy práctica y, como es costumbre en Actualícese, de una manera minuciosa, actualizada y de la mano de los expertos en el área.

Si deseas saber más sobre lo que encontrarás en esta publicación, te invitamos para que examines uno a uno los tópicos que se abordarán en ella. Veamos:

facturación electrónica

TABLA DE CONTENIDO

  • Requisitos de la factura electrónica
  • Novedades en el software gratuito de la Dian
  • Factura en papel expedida durante contingencia puede enviarse a correos electrónicos
  • Proceso de aceptación de facturas electrónicas por compras a crédito
  • Cobros de sentencias judiciales: ¿generan la obligación de expedir factura?
  • ¿Deben facturarse las solicitudes de reintegro de costos y gastos?
  • ¿Se puede elaborar una sola factura diaria con el seudo-NIT 222222222222 para clientes no identificados?
  • Facturación electrónica en el retiro de inventarios
  • Documentos equivalentes a factura
  • Documento soporte en compras a los no obligados a facturar es electrónico desde agosto 1 de 2022
  • Documento soporte y notas de ajuste generadas de forma física
  • Detalles sobre la habilitación en el sistema informático de la Dian
  • Generación del documento soporte y las notas de ajuste
  • Transmisión del documento soporte para validación por parte de la Dian
  • Validación del documento soporte de pago de nómina
  • A los inscritos en el SIMPLE también les conviene elaborar la nómina electrónica
  • Reporte de vacaciones en el documento soporte de pago de nómina electrónica
  • ¿Los valores originados en litigios laborales deben reportarse en la nómina electrónica?
  • Ingreso a la plataforma Radian

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:   

4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»   

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.  

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En esta edición se abordan las novedades del sistema de facturación electrónica, incluyendo detalles respecto al documento soporte en compras a no obligados a facturar y la nómina electrónica. Esto permitirá comprender totalmente los aspectos relacionados con su correcta implementación y manejo.

Accede a los elementos más relevantes sobre este tema, la normativa y, por supuesto, todas las herramientas que Actualícese trae para ti.


Características técnicas

Editorial:Actualícese.com LTDA.  
Formato:Digital
ISBN (versión digital):978-958-5190-64-1
Número de páginas:82
Tamaño del archivo:PDF: 3,68 MB

El sistema de facturación electrónica consiste en un mecanismo de control y seguimiento a las empresas por parte del Gobierno nacional, en aras de forjar los procesos de inspección y rastreo de las operaciones comerciales realizadas en Colombia. Así, la facturación busca ser una solución a la hora de automatizar los procesos de inspección de la Dian, y una herramienta contundente contra la evasión fiscal.

La facturación electrónica concede ciertos beneficios, entre ellos:

  • Automatiza y minimiza procesos manuales.
  • Reduce costos frente al papel.
  • Optimiza la búsqueda de documentos.
  • Mejora la relación con clientes y proveedores.

Novedades

En la nueva versión del artículo 616-7 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 13 de la Ley 2155 de 2021, se introdujeron por lo menos 7 novedades importantes respecto al sistema de facturación, a saber:

  1. Sanción a facturadores electrónicos.
  2. Disposiciones acerca de la facturación en papel.
  3. Facturas de plataformas de comercio.
  4. Instrucciones sobre ventas a crédito.
  5. Aceptación fiscal de costos y gastos.
  6. Disposiciones para expedir el tiquete POS.
  7. Inscripción en la plataforma Radian.

Con la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica comprenderás en qué consiste cada una de estas novedades, para que estés siempre a la vanguardia, de la mano de Actualícese.

Obligados a facturar electrónicamente

De acuerdo con el artículo 615 del ET y los artículos 6 y 8 de la Resolución 000042 de 2020, se encuentran obligados a expedir factura electrónica con validación previa, por todas y cada una de las operaciones realizadas, los sujetos señalados en el artículo 1.6.1.4.2 del DUT de 2016, entre los que figuran:

  • Responsables del IVA (antiguo régimen común).
  • Responsables del impuesto nacional al consumo
    –INC–.
  • Comerciantes, importadores o prestadores de servicios o en las ventas a consumidores finales.
  • Contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación.

Encuentra en este apartado, uno a uno, los demás sujetos obligados a facturar electrónicamente y, a su vez, quiénes son los no obligados a expedir factura, atendiendo la disposición del artículo 1.6.1.4.3 del DUT 1625 de 2016.

Calendario de implementación permanente

En esta nueva entrega de Cartillas Prácticas de Actualícese encontrarás  el calendario de implementación permanente que deberán atender los sujetos que obtengan la calidad de obligados a facturar electrónicamente después de la entrada en vigor de la Resolución 000042 de 2020, en el numeral 3 de su artículo 20. ¡Descárgala ya!

Requisitos de la factura electrónica

Al tenor del artículo 11 de la Resolución 000042 de 2020, modificado por la Resolución 000012 de 2021, la factura electrónica deberá ser expedida atendiendo los lineamientos del artículo 617 del Estatuto Tributario. En la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica identificarás cada uno de los requisitos que deberá agotar dicha factura, entre ellos:

  • Estar denominada expresamente como factura electrónica de venta.
  • Contener apellidos y nombre, o razón social y NIT, del vendedor o de quien presta el servicio.
  • Identificación del adquiriente, según corresponda.
  • Fecha y hora de asignación.
  • Forma de pago, estableciendo si es de contado o a crédito.
TAMBIÉN LEE:   Dian indica que operaciones hacia zonas francas se consideran exportaciones

Radian

En 2020, con el objetivo de mitigar el riesgo de lavado de activos, la Dian lanzó la plataforma denominada Radian (que reemplazó al sistema informático Refel lanzado en 2017), plataforma similar a la usada para recibir las facturas electrónicas de los contribuyentes que se están emitiendo en este momento. Una vez la factura electrónica sea validada por la Dian y el código único de facturación electrónica –Cufe– sea correcto, puede ser registrada en la plataforma Radian.

En esta nueva edición de Cartillas Prácticas Actualícese podrás entender cómo funciona esta plataforma, sus componentes, los requisitos para la inscripción de la factura electrónica como título valor, quiénes pueden usarla y todos los aspectos fundamentales para su correcta aplicación.

Pero eso no es todo…

En la Cartilla Práctica Sistema de facturación electrónica también podrás acceder a 11 respuestas a preguntas frecuentes alrededor de este importante tema, para que lo comprendas mejor, de una manera muy práctica y, como es costumbre en Actualícese, de una manera minuciosa, actualizada y de la mano de los expertos en el área.

Si deseas saber más sobre lo que encontrarás en esta publicación, te invitamos para que examines uno a uno los tópicos que se abordarán en ella. Veamos:

facturación electrónica

TABLA DE CONTENIDO

  • Requisitos de la factura electrónica
  • Novedades en el software gratuito de la Dian
  • Factura en papel expedida durante contingencia puede enviarse a correos electrónicos
  • Proceso de aceptación de facturas electrónicas por compras a crédito
  • Cobros de sentencias judiciales: ¿generan la obligación de expedir factura?
  • ¿Deben facturarse las solicitudes de reintegro de costos y gastos?
  • ¿Se puede elaborar una sola factura diaria con el seudo-NIT 222222222222 para clientes no identificados?
  • Facturación electrónica en el retiro de inventarios
  • Documentos equivalentes a factura
  • Documento soporte en compras a los no obligados a facturar es electrónico desde agosto 1 de 2022
  • Documento soporte y notas de ajuste generadas de forma física
  • Detalles sobre la habilitación en el sistema informático de la Dian
  • Generación del documento soporte y las notas de ajuste
  • Transmisión del documento soporte para validación por parte de la Dian
  • Validación del documento soporte de pago de nómina
  • A los inscritos en el SIMPLE también les conviene elaborar la nómina electrónica
  • Reporte de vacaciones en el documento soporte de pago de nómina electrónica
  • ¿Los valores originados en litigios laborales deben reportarse en la nómina electrónica?
  • Ingreso a la plataforma Radian

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«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:   

4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»   

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario.  

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