Una sociedad limitada podrá disolverse, de acuerdo con el artículo 360 del Código de Comercio, con el voto de aprobación de al menos el 70 % de las cuotas en que se encuentre dividido el capital social. Este documento constituye un modelo del acta obligatoria que debe elaborarse en la reunión.
Aunque el proceso de disolución de una sociedad depende en gran medida del tipo de entidad a la cual se refiera, lo que sí es genérico para todas las entidades es la obligación de realizar una reunión del máximo órgano social y debatir dicha decisión; lo allí pactado debe quedar respaldado en un acta de disolución semejante al modelo aquí presentado.