Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Vale la pena que los contables nos metamos en el tema del riesgo de crédito


La gerencia de las empresas, sin importar su tamaño, necesita conocer cuál es el nivel de riesgo de crédito al que está expuesto su compañía.

La realidad en Colombia indica que son muy pocas las entidades, aparte de las del sector financiero, que tienen una reglamentación específica, que hacen el cálculo del riesgo de crédito a ciencia cierta. Las otras todo lo reducen a una cifra de deterioro de cuentas por cobrar en los estados financieros, valor que en la mayoría de los casos se inventan bajo una supuesta política contable en la cual se señala que aquí se provisiona el 3 % o 5 % de las cuentas por cobrar, como si eso lo aceptará la NIIF 9 o el Estándar para Pymes en su sección 11, y, en muchos otros casos, utilizan la normativa tributaria del 5 %, 10 % y 15 % para reflejar la pérdida esperada de la cartera de créditos.

Lo anterior significa que la gerencia toma decisiones sin tener en cuenta los datos de sus estados financieros, pues con seguridad el margen de venta de sus productos se vería alterado si se conociera de verdad el riesgo de crédito y se gerenciara el otorgamiento de cartera con criterios profesionales.

Con la competencia tan intensa en la era digital, sería interesante poder mejorar el margen mediante la administración del riesgo de crédito o, gracias a ella, poder entregar estímulos de mercadeo a los clientes para que prefieran la marca.

Así las cosas, vale la pena que los contables nos metamos en el tema del riesgo de crédito para agregar valor a nuestros servicios profesionales y, de paso, a la compañía.

El riesgo de crédito es, entonces, la posibilidad de sufrir una pérdida al no recaudar las cuentas por cobrar en su totalidad.

El cálculo del riesgo de crédito se conoce como pérdidas esperadas –PE– y resulta complejo cuando se manejan millones de datos, debido a la estimación de las probabilidades. Para hacerlo se han desarrollado programas especializados que facilitan su realización.

Sin embargo, en las industrias y el comercio los cálculos se pueden realizar de una manera sencilla (ver https://youtu.be/agF5xcUS3M0), arrojando un resultado muy aproximado a la realidad de la empresa.

Desarrollemos un ejemplo de las PE, que corresponde a la multiplicación de la probabilidad de no pago –PD, por sus siglas en inglés– (tomemos el 8 % para el ejercicio) por el saldo que le deben a la compañía –EAD, por sus siglas en inglés– (en este caso le deben $30.000.000.000) por el porcentaje de lo no recaudado en el período histórico analizado, es decir, lo perdido definitivamente –LGDPE, por sus siglas en inglés– (supongamos el 3,4% para este caso), con lo que tenemos:

PE = PD x EAD x LGDPE

PE = 0,08 x $30.000.000.000 x 0,034 = $81.600.000

Véase: https://youtu.be/KFCVgWuxqXs

Fernando Borda Suárez
Tomado de ContrapartidaDe Computationis Jure Opiniones
Número 5303, 7 de septiembre de 2020

Fernando Borda Suárez
Las publicaciones “Contrapartida” son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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