Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Garantía Legal


Actualizado: 20 abril, 2015 (hace 9 años)

La garantía legal se encuentra definida en la Ley 1480 de 2011 o Estatuto del consumidor, en el cual se establece que es una obligación temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y la correspondencia con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad ofrecidas; la garantía legal no tendrá contraprestación adicional al precio del producto.

Con respecto a la aplicación de la garantía legal en la prestación de servicios, el prestador tiene una obligación de intermediario; por tanto, la garantía está dada no por el resultado, sino por los parámetros de calidad en la prestación del servicio, según las condiciones establecidas en normas de carácter obligatorio, en las ofrecidas o en las ordinarias y habituales del mercado.

Con respecto a la responsabilidad por la garantía legal, ante los consumidores, la responsabilidad recae solidariamente en los productores y proveedores respectivos.

Alcance y responsabilidades de la garantía legal

  1. Reparación totalmente gratuita de los defectos del bien, el transporte, de ser necesario, y el suministro oportuno de los repuestos. Si no se puede reparar, se debe reponer o devolver el dinero.
  2. Incidencia de fallas, se procederá a una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o al cambio parcial o total del bien, por otro de la misma especie.
  3. En los casos de prestación de servicios, cuando haya incumplimiento se procederá, a elección del consumidor, a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del precio pagado.
  4. Suministrar las instrucciones para la instalación, mantenimiento y utilización de los productos.
  5. Asistencia técnica para la instalación, mantenimiento de los productos, y su utilización no podrá tener un costo adicional al precio.
  6. La entrega material del producto y, de ser el caso, el registro correspondiente en forma oportuna.
  7. Contar con la disponibilidad de repuestos, partes, insumos, y mano de obra capacitada, aun después de vencida la garantía.
  8. Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deban ser cambiados por efectividad de garantía, podrán ser de igual o mejor calidad, sin embargo, no necesariamente idénticos a los originalmente instalados.
  9. En los casos de prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, repararlo, sustituirlo por otro de las mismas características, o pagar su equivalente en dinero en caso de destrucción parcial o total causada con ocasión del servicio defectuoso.

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