Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

“Antes de trasladarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, asesórese con un experto”


“Antes de trasladarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, asesórese con un experto”

Alejandra Téllez, experta en temas de seguridad social de la firma TG Consultores, afirma que a la hora de tomar decisiones que pueden afectar el retiro de las personas hay que consultar los pro y contra. Recuerde que en los fondos privados existen varias modalidades de pensión basados en el ahorro.

Hoy, existen cerca de 15 millones de afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad –RAIS–, pero de esta cifra 650.000 personas entre octubre del año anterior y febrero de este año tomaron la decisión de trasladarse a Colpensiones.

Para Alejandra Téllez, abogada experta en seguridad social de la firma TG Consultores, esta situación se debió a que la mayoría de personas consideró que lo más conveniente para sus intereses era estar en Colpensiones, debido a que escucharon comentarios de amigos y familiares, porque no tuvieron rentabilidad en sus extractos o por información suministrada en distintos sitios web, entre otras razones.

«Sin embargo es pertinente antes de tomar cualquier decisión de traslado, bien sea del fondo privado a Colpensiones o viceversa, asesorarse y consultar a los expertos antes de tomar determinaciones que puedan afectar su retiro”, afirma Téllez.

“el 95 % de las personas que se trasladaron lo hicieron en el momento equivocado o sin información suficiente para saber qué tan conveniente les resultaba el cambio”

En el año 2015 el Ministerio de Hacienda reveló que el 95 % de las personas que se trasladaron lo hicieron en el momento equivocado o sin información suficiente para saber qué tan conveniente les resultaba el cambio. El estudio también señala que de las 76.174 personas que cambiaron de sistema en el 2013, solo el 24,2 % logrará pensionarse. Hay afiliados que no logran pensionarse en ninguno de los dos regímenes, y aun así toman la decisión de pasarse al público.

Hay que precisar que en los fondos privados existen varias modalidades de pensión. Las dos más conocidas son renta vitalicia y retiro programado. «La primera consiste en acumular un ahorro mínimo de 190 millones de pesos o tener 1.150 semanas cotizadas para garantizar una pensión de un salario mínimo mensual, de forma vitalicia, la cual se contrata con una aseguradora», explica Téllez.

En la modalidad de retiro programado la persona puede pensionarse según el capital ahorrado, por un tiempo pactado con el fondo privado, siempre y cuando el capital supere el 110 % del capital que se requiere para financiar una pensión de un salario mínimo. «En esta modalidad se debe tener en cuenta que el monto de la pensión puede mantenerse en el tiempo, como puede que disminuya, dependerá de la fluctuación del mercado y por lo general, aquellos que escogen esta modalidad, con el tiempo, terminan cambiándose a renta vitalicia. En el retiro programado, el capital es administrado directamente por la AFP», describe la abogada.

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Como conclusión, afirma Tellez, el monto de la pensión en los fondos privados está en función del ahorro que logre realizar el afiliado en su cuenta de ahorro individual, y no de su promedio salarial ni del número de semanas cotizadas, como sucede en Colpensiones.

A diferencia del régimen de prima media con prestación definida –RPM–, los fondos privados deben informar trimestralmente a sus afiliados los rendimientos que generan sus aportes, teniendo en cuenta el multifondo en el que se encuentren invertidos los aportes de la persona. “Recordemos que existen tres, conservador, moderado y alto riesgo, donde cada uno cuenta con una rentabilidad diferente que se ve reflejado en el extracto que llega al usuario”, comenta la experta en pensiones.

En tal orden de ideas, el monto de la pensión dependerá del capital ahorrado, dentro del cual, se incluyen los rendimientos y el valor del bono pensional, si fuera el caso.

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