El contrato de aprendizaje es una forma laboral especial de vinculación dirigida a que el estudiante, en calidad de aprendiz-trabajador, desarrolle habilidades, destrezas y adquiera experiencia en una empresa patrocinadora.
Conoce aquí cuáles empresas están obligadas a la vinculación de aprendices.
Un aprendiz es una persona natural matriculada en un programa de formación profesional teórico-práctico en una entidad autorizada (Sena u otras instituciones reconocidas por el estado), en modalidad presencial, virtual o mixta. Mediante el contrato de aprendizaje se busca que el estudiante aplique conocimientos y adquiera habilidades, destrezas y aptitudes para el trabajo.
El contrato de aprendizaje es una relación especial laboral, a través de la cual una persona natural desarrolla una formación teórico-práctica en una entidad autorizada a cambio de que una empresa patrocinadora proporcione los medios para adquirir formación profesional requerida y esto le implique desempeñarse en la empresa, y por esto reciba un apoyo de sostenimiento mensual (artículo 30 de la Ley 789 de 2002).
El apoyo de sostenimiento mensual tiene como fin garantizar el proceso de aprendizaje; durante la vigencia de la relación, el aprendiz recibirá de la empresa dicho apoyo de la siguiente manera:
Apoyo de sostenimiento para aprendices 2023 (artículo 30 de la Ley 789 de 2002) | ||
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Fase |
Equivalente a: |
$1.160.000 (smmlv 2023) |
Fase lectiva |
50 % de un (1) smmlv |
$580.000 |
Fase práctica |
75 % de un (1) smmlv |
$870.000 |
Si el aprendiz es un estudiante universitario, el apoyo de sostenimiento mensual no puede ser inferior a un (1) smmlv ($1.160.000 por el 2023).
La finalidad del contrato de aprendizaje es la de facilitar la formación del aprendiz. En este intervienen tres partes:
• Estudiante o aprendiz.
• Empresa patrocinadora.
• Entidad autorizada (Sena u otros).
El contrato de aprendizaje no puede ser superior a dos (2) años y el apoyo de sostenimiento mensual, en ningún caso, constituye salario.
Según el artículo 32 de la Ley 789 de 2022, estas son las empresas obligadas a la vinculación de aprendices:
Las empresas de menos de 10 trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz del Sena.
¡Pero eso no es todo!
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