El Ministerio de Industria y Comercio, mediante el Decreto 1523 de julio 16 del 2015, reglamentó los beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de carteles, y mantendrá la exoneración de la totalidad de la multa al primer delator que aporte pruebas e información suficiente, y estableció una reducción entre 30% y 50% por dicho concepto al segundo delator.
La solicitud de beneficios por colaboración podrá presentarse hasta antes de la presentación de los descargos dentro de la investigación respectiva, por la presunta comisión de prácticas restrictivas de la competencia.