Desde octubre, las mujeres trabajadoras de 42 años o más y los hombres mayores a 47 años deben exigir una asesoría con el personal de Colpensiones o del régimen al que se quieran afiliar antes de trasladarse de fondo.
Con el fin de evitar que los afiliados a pensiones que quieran cambiarse de régimen tomen la decisión a ciegas, el próximo mes de octubre entra en vigencia el deber de la doble asesoría por parte de las administradoras de pensiones. Lo anterior quiere decir que antes de realizar el traslado, Colpensiones y el fondo privado deben entregarle al usuario información completa sobre las implicaciones para su pensión de estar en uno u otro régimen. La medida se hizo necesaria porque, según cifras citadas por la Superfinanciera, de todo el universo de personas que piden traslado solo entre 5 y 20 por ciento toman la decisión correcta.
Si usted es una de las personas que va a solicitar la doble asesoría debe acercarse con su documento de identidad a cualquiera de los fondos –en el que está o al que quiere cambiarse– y dejar sus datos para que las dos entidades lo contacten, por si la asesoría no puede darse de manera inmediata. Se estableció un plazo de 20 días hábiles para recibir ambos asesoramientos. La idea es que el usuario, dependiendo de sus condiciones individuales, entienda los beneficios, riesgos y consecuencias de su decisión.
Esto si se tiene en cuenta que, fuera de conocer las características de cada sistema, las entidades deberán hacer unas proyecciones sobre la pensión, que incluyen la edad a la que se jubilaría, el monto, la cantidad de semanas cotizadas en ese momento y las alternativas que tiene en caso de no completar los requisitos. Con esta información el usuario debe determinar si el cambio le conviene o no, para concretar el traslado o mantenerse en el régimen en el que se encuentre. Si toma la decisión de cambiarse, tiene 5 días hábiles para retractarse. De igual manera se definió que la asesoría tiene una vigencia de 12 meses.
Los colombianos están tomando decisiones erradas y haciendo cambios apresurados de fondos de pensiones sin medir las consecuencias, que en muchos casos terminan siendo la pérdida de su jubilación. Los afiliados también se sienten desorientados, sin saber cuál es la decisión que más les conviene, pues tradicionalmente cada régimen asesora desde su punto de vista e ignora la conveniencia del usuario.
Por este motivo la Superfinanciera expidió la Circular 016 del 2016, con la que se reglamenta la Ley 1748 y el Decreto 2061 del 2015, que busca que los trabajadores, cuando decidan cambiarse de régimen pensional, bien sea del régimen de prima media al régimen de ahorro individual, o viceversa, tengan una asesoría seria y con personal profesional por parte de los fondos de pensiones, para que así tomen una decisión acertada.
“Las personas que están cambiando de régimen pensional no siempre están acertando”, afirma Gerardo Hernández, superintendente financiero de Colombia.