Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Seguridad Social y Parafiscales: Valor en trabajadores de medio tiempo


Seguridad Social y Parafiscales: Valor en trabajadores de medio tiempo

Aquí hablaremos sobre...

  • Primero recordemos:
  • ¿Pero los que trabajan medio tiempo y medio salario mínimo?, ¿cuál es su Salario base mínimo para cotizar a seguridad social?
  • Pero en parafiscales NO importa si el trabajador gana menos del salario mínimo legal
  • Para recordar:

Es muy común que algunas empresas contraten personal medio tiempo y por ende paguen menos de 1 s.m.m.l.v., pero con ese salario, ¿cómo se aporta a seguridad social y parafiscales.

Primero recordemos:

Seguridad Social: Salud, Pensión y ARP.

Parafiscales: Sena, ICBF y Caja de Compensación

Si bien el salario base para la liquidación de seguridad social es el valor del salario que reciba el trabajador, esta regla tiene un tope máximo de cotización, pero también tiene un tope mínimo del salario al momento de cotizar al régimen de seguridad social integral.

¿Pero los que trabajan medio tiempo y medio salario mínimo?, ¿cuál es su Salario base mínimo para cotizar a seguridad social?

Teniendo claro que al hablar de los aportes a seguridad social hacemos referencia a Salud, Pensión y ARP, un empleador nunca puede cotizar sobre la base de un salario inferior al Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

Por lo que si un trabajador labora menos de la jornada máxima legal y por ello recibe menos del salario mínimo legal ($496.900 / 2009), así reciba por ejemplo un salario de $ 248.450 por laborar medio tiempo, siempre el valor que el empleador tendrá como base para cotizar la seguridad social de su trabajador, será el valor de 1 s.m.m.l.v.

Pero en parafiscales NO importa si el trabajador gana menos del salario mínimo legal

Si bien en seguridad social (salud, pensión y ARP), a ningún trabajador su empleador le puede cotizar por debajo de 1 s.m.m.l.v. así el trabajador perciba menos, en Parafiscales esta regla no aplica.

La salud, pensión y la ARP se liquida individualmente, pero los parafiscales no es así.

Los parafiscales se liquidan sobre la base global del valor total de la nómina mensual de salarios que esté reportando el empleador por todos sus empleados al momento de pagar la seguridad social cada mes.

Por ello, no importa si el trabajador percibe menos de 1 s.m.m.l.v. en el tema de parafiscales, pues es ese valor inferior el reportado en la planilla y sobre este y la suma de los demás salarios de los otros trabajadores de la empresa, se liquida los parafiscales (9%). Claro está que sobre salud, pensión y ARP, se liquidará sobre el valor de 1 s.m.m.l.v. para ese trabajador.

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Para recordar: ¿Qué son los parafiscales?

Los parafiscales son los aportes que hacen los empleadores al sostenimiento del Sena, al Icbf y a las Cajas de Compensación Familiar. El valor de estos aportes es del 9% del valor de la nómina mensual que pague el empleador y que reportan a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –Pila-. Ese 9% se distribuye de la siguiente manera: Sena 2%, Icbf 3% y Caja de Compensación Familiar 4%.

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