Establece la legislación laboral que un trabajador debe gozar de un día de descanso cuando ha cumplido el máximo de horas semanalmente establecidas. Si dicho día no coincide con el domingo, deberá ser compensado.
El trabajador debe gozar de un día de descanso obligatorio cuando ha cumplido el máximo de horas establecidas semanalmente. En caso de que dicho día no coincida con el domingo, deberá ser compensado. Tenga en cuenta que existen situaciones donde una jornada laboral de 10 horas no constituye horas extra.